Si eres autónomo olvídate de poder solicitar esta prestación del SEPE que ayuda para la jubilación

Ser autónomo en España muchos lo definirían como «solo pagar» por trabajar y ser duramente castigado por querer emprender un negocio. Y posiblemente no les falte razón a quienes piensan eso y es que si comparamos el trabajador autónomo con un trabajador asalariado hay varias diferencias, sobre todo en lo que se refiere a ayudas por desempleo.

Hay una ayuda del SEPE destinada a personas mayores de 52 años que cobra de forma indefinida hasta alcanzar la edad de jubilación. Esta prestación está destinada a proteger la futura pensión y por ello cotiza a la Seguridad Social, asegurando que el beneficiario no vea perjudicada su jubilación por no encontrar empleo.

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Hablamos del subsidio para mayores de 52 años, pero si has sido autónomo toda tu vida laboral, te puedes ir olvidando de poder solicitarla, al menos en 2025 y posiblemente en los próximos años, salvo que el Gobierno atienda las peticiones del ATA de modificar dicha prestación.

¿Por qué los autónomos no pueden solicitar el subsidio para mayores de 52 años?

Para poder solicitar el subsidio para mayores de 52 años hay que cumplir una serie de requisitos. Los más destacados es no tener retas que superen el 75% del SMI en vigor, pero sobre todo hay uno por el que se excluye a los trabajadores autónomos, los años cotizados.

Pero no por el número de años, sino por el régimen cotizado. Si bien es cierto que es necesario tener 15 años cotizados, hay una letra pequeña y es que de esos 15 años cotizados, al menos 6 tienen que ser en el Régimen General de la Seguridad Social. De modo que una persona que ha cotizado toda su carrera laboral en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos (RETA) automáticamente quedad excluido de poder solicitar esta ayuda. Solo podrían solicitarlo aquellos que hubieran cotizado al menos 6 años en el Régimen General, es decir, que hubieran trabajado como asalariados.

Pero ojo, solo podrá solicitarlo si ha trabajado como asalariados y ha sido despedido o ha finalizado el contrato laboral antes de solicitar el subsidio.Es decir, si una persona fue asalariada durante muchos años, luego se hizo autónoma y cesa su actividad, no podrá acceder al subsidio directamente desde su condición de autónomo. Necesitaría haber perdido un empleo por cuenta ajena después del trabajo como autónomo y cumplir todos los demás requisitos.

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