Ryanair condenada a pagar 29.077,61 euros a un piloto despedido en un ERE tras reconocerle más antigüedad por cesión ilegal de trabajadores

El TSJ de Canarias condena a Ryanair por cesión ilegal de un piloto contratado vía McGinley Aviation desde 2015

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJ Canarias) ha reconocido que existió la cesión ilegal de trabajadores por parte de la aerolínea Ryanair, a través de la empresa McGinley Aviation. Gracias a esta sentencia, el trabajador afectado, un piloto, ha visto incrementado su indemnización por despido al reconocérsele más antigüedad en la compañía.

El caso gira en torno a un piloto que había prestado servicios como comandante de vuelo para Ryanair desde octubre de 2015, aunque formalmente su relación contractual comenzó con McGinley Aviation. No fue hasta diciembre de 2018 cuando Ryanair lo contrató directamente. Sin embargo, durante ese periodo hasta que fue contratado directamente por la aerolínea irlandesa, operó en las mismas condiciones que los empleados directos de la compañía, utilizando el mismo uniforme, medios de comunicación, turnos, formación y supervisión.

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El 8 de enero de 2020, Ryanair comunicó su despido dentro de un expediente de regulación de empleo (ERE) por causas productivas y organizativas. Posteriormente, la Audiencia Nacional declaró la nulidad de ese despido colectivo, ordenando la reincorporación de los afectados y el pago de salarios dejados de percibir (salarios de tramitación). Aun así, Ryanair no cumplió y los contratos fueron finalmente extinguidos judicialmente, con indemnizaciones adicionales.

Reclamación de la antigüedad laboral

Aunque en la ejecución del fallo colectivo se fijó como fecha de antigüedad la contratación formal (1 de diciembre de 2018), el piloto, representado por el sindicato SEPLA, sostuvo que su vínculo real con Ryanair comenzó el 19 de octubre de 2015, cuando empezó a volar sus aviones bajo contrato con McGinley.

La Audiencia Nacional rechazó tener en cuenta ese periodo en la ejecución colectiva, al no haber sido objeto del título ejecutivo original ni existir una condena previa por cesión ilegal. No obstante, el tribunal sí dejó abierta la vía del procedimiento individual para abordar la cuestión.

Y así lo hizo el piloto que presentó demanda en el Juzgado de lo Social número 3 de las Palmas, que estimó la demanda y declaró nulo su despido, reconociendo la existencia de cesión ilegal entre Ryanair y McGinley entre 2015 y 2018. De modo que condenó a Ryanair al pago de una diferencia indemnizatoria de 29.007,61 euros. McGinley, en cambio, fue absuelta.

Ryanair recurrió en suplicación, alegando cosa juzgada y que el asunto ya se había resuelto en el procedimiento colectivo. Sin embargo, el TSJ Canarias en su sentencia 796/2025 desestimó el recurso. La Sala subrayó que la cuestión relativa a la cesión ilegal no fue juzgada por la Audiencia Nacional, por lo que no podía aplicarse la cosa juzgada, y reafirmó el derecho del trabajador a acudir al proceso individual para hacer valer sus derechos laborales.

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