El Gobierno busca fomentar la contratación indefinida y a jornada completa. Por ello, ha aprobado un nuevo paquete de incentivos para las empresas.
El Real Decreto-ley 1/2023, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral, también pretende responder a la necesidad de unificar, simplificar, modernizar y hacer mÔs eficaces los incentivos a la contracción que existen en la actualidad.
Eso sĆ, las nuevas ayudas, tal y como ha detallado la ministra de Trabajo, Yolanda DĆaz, traen una condición, la obligación a mantener al trabajador al menos tres aƱos.
Bonificaciones para la contratación en 2023
Contratación de personas jóvenes con baja cualificación
Las empresas que contraten a jóvenes desempleados con una baja cualificación recibirĆ”n una bonificación de 275 euros al mes durante tres aƱos. El tipo de contrato debe ser el indefinido y ademĆ”s los jóvenes contratados deben tener una baja cualificación y estar inscritos en el Sistema Nacional de GarantĆa Juvenil.
Contratación de personas que realizan prÔcticas
La contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación prÔctica en empresa, serÔ bonificada con 138 euros al mes. Esta bonificación tendrÔ una duración de tres años como mÔximo o bien durante la vigencia del contrato si se trata de personas con discapacidad.
Transformación a contratos fijos discontinuos
La bonificación por la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras incluidas en el sistema especial agrario por cuenta ajena. DarÔ derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización de 55 euros por mes, cifra que, en el caso de las mujeres, se eleva hasta los 73 euros por mes.
En el supuesto de que la contratación sea a tiempo parcial, la cuantĆas se reducirĆ”n de manera proporcional a la jornada establecida. No obstante, los contratos con una jornada inferior al 50% no serĆ”n bonificados, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.
Readmisión tras periodo de incapacidad
El Gobierno bonificarĆ” las readmisiones de personas trabajadoras que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta para mejorar la empleabilidad de este colectivo y se limitan a los contratos indefinidos y a los supuestos en los que la readmisión no obedezca a un derecho del trabajador, lĆmites que no estĆ”n contemplados en la regulación actualidad.
Como novedad, las bonificaciones se extenderĆ”n a los supuestos de trabajadores mayores de 55 aƱos con incapacidad permanente reincorporada a empresa en otra categorĆa, asĆ como personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.
Persona en situación de exclusión social
El nuevo paquete de incentivos aumenta la bonificación para la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social. Asà pasa de los actuales 55 ⬠al mes hasta 128 ⬠mensuales, igualÔndose asà a la establecida por la contratación indefinida de otros colectivos vulnerables.
Desempleados de larga duración
Igualmente, las empresas que contraten desempleados de larga duración con este nuevo Real Decreto-ley verÔn aumentada la actual bonificación. Si la persona contrata es mujer, pasa de 110 euros a 128 euros al mes. Esta mayor bonificación se extiende también a la contratación de personas tengan 45 o mÔs años.
Contrato de formación en alternancia
En cuanto al contrato en formación en alternancia, se establecen varias cuantĆas de bonificación, en lugar de porcentajes, equivalentes a las que resultarĆan de aplicar el 75% a las cuotas empresariales Ćŗnicas previstas para este contrato y el 100% del tamaƱo de la empresa.
- Los beneficios en las cuotas de la Seguridad Social previstos por la transformación en indefinidos de contratos formativos tambiĆ©n tienen novedades derivadas de la unificación de su regulación e incrementan su cuantĆa un 200% para igualarla a la prevista por la transformación en indefinido del contrato de formación en alternancia.
- AdemÔs, al igual que se hace con la bonificación por transformación del contrato de relevo, se elimina de la norma que únicamente puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta, como sucede actualmente.
Contratación de personas con discapacidad
Se regulan las bonificaciones en las cuotas patronales de la Seguridad Social relativas a la contratación de personas con discapacidad, las bonificaciones en los supuestos de contratos suscritos por empresas de inserción y las bonificaciones por los contratos de sustitución de trabajadoras vĆctimas de violencia de gĆ©nero o de violencias sexuales, que mantienen las bonificaciones actuales.
Contratos en Ceuta y Melilla
Los contratos indefinidos de personas trabajadoras que presten actividad en determinados sectores de Ceuta y Melilla disfrutan en la actualidad de una bonificación del 50%, porcentaje que se incrementa hasta una cuantĆa fija equivalente al 75%. Esta bonificación se vincula al desarrollo de acciones formativas para las personas trabajadoras cuyos contratos se bonifican.