Mercadona despide a un trabajador de baja por lesión de hombro tras descubrir con detectives que conducía su moto, pero la Justicia declara improcedente el despido

El supermercado entendió que el empleado fingía su incapacidad temporal después de seguirlo durante varios días por Santander. El tribunal concluye que conducir la moto no era incompatible con su lesión.

Un despido estando de baja que Mercadona no pudo justificar y que tanto el trabajador como cualquiera pensaría que sería declarado nulo. Pero la realidad es que el despido ha sido declarado improcedente y es un buen ejemplo para demostrar que no todo despido estando de baja es nulo.

Mercadona decidió despedir disciplinariamente a uno de sus trabajadores que estaba de baja médica por una lesión de hombro. La cadena valenciana de supermercados descubrió,  mediante un seguimiento, que conducía una moto mientras se encontraba de baja laboral. Para la empresa, aquello demostraba que el empleado estaba simulando su incapacidad.

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Sin embargo, la justicia ha considerado que el despido es improcedente,  al considerar que las actividades observadas no eran incompatibles con la lesión que sufría el trabajador. Eso sí,  rechaza que existiera discriminación por enfermedad, por lo que el despido no se declara nulo, tal y como ha confirmado el Tribunal de Justicia de Cantabria en su sentencia 332/2026 (STSJ CANT 498/2026).

La baja médica que acabó bajo vigilancia

El trabajador llevaba empleado en Mercadona desde 2016 como gerente A. Entre sus funciones habituales estaban las revisiones de instalaciones y pequeñas reparaciones dentro del supermercado.

En septiembre de 2024 causó baja médica por una subluxación y luxación de hombro. La lesión le obligaba a evitar determinados movimientos repetitivos, especialmente por encima de la horizontal. Meses después, la empresa comenzó a sospechar.

Según recoge la sentencia, un coordinador comunicó a Mercadona que el empleado estaba realizando actividades que podrían ser incompatibles con su recuperación. Fue entonces cuando la compañía decidió contratar detectives privados para seguir sus movimientos en Santander.

Los detectives lo siguieron durante varios días

Durante el seguimiento, los investigadores observaron al trabajador conduciendo una moto por distintos puntos de la ciudad.

También lo vieron entrar y salir de garajes, acceder a varios edificios, transportar una bolsa grande de Mercadona y mantener encuentros en una cafetería. La empresa interpretó que aquellas imágenes demostraban que el trabajador podía desarrollar una vida normal y que, por tanto, estaba utilizando la baja médica de manera fraudulenta.

Con estas pruebas, Mercadona antes de realizar el despido cumplió con la obligación de dar audiencia previa al trabajador, algo que es obligatorio en los despidos disciplinarios tras la sentencia del Supremo en cumplimiento del artículo 7 del Convenio 158 de la OIT.  Sin embargo, las alegaciones del trabajador no convencieron a Mercadona y acabó entregándole la carta de despido disciplinario en abril de 2025.

En la carta entregada al trabajador, la compañía llegó a afirmar que el empleado no presentaba “ninguna limitación funcional” y que estaba quebrantando la buena fe contractual al fingir su estado físico.

La clave estuvo en el tipo de lesión

Para Mercadona apuntaba a despido disciplinario claro, una lesión en el hombro y cogiendo la moto, mientras que para el trabajador su despido apuntaba a que iba a ser nulo y, por tanto, iban a tener que readmitirlo y además indemnizarlo por daños morales (había solicitado 30.000 euros).

Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social como luego el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria declaró el despido improcedente. El detalle estaba en los informes médicos que no prohibían conducir una moto. Lo que recomendaban era evitar movimientos repetitivos por encima del hombro. Y eso, según concluyeron los magistrados, no quedaba acreditado con las imágenes aportadas por los detectives

De hecho, el tribunal considera que conducir la moto no suponía necesariamente una actividad incompatible con el proceso de recuperación.

“La conducción de la moto no suponía actividad repetitiva por encima de la horizontal”, recoge la sentencia.

Por eso, aunque la empresa tenía sospechas y llegó a justificar la investigación, la Justicia entiende que no existían pruebas suficientes para mantener un despido disciplinario.

No obstante,  el despido no fue declarado nulo. La razón es que según el tribunal Mercadona no actuó por el hecho de que el empleado estuviera enfermo, sino porque creyó que estaba realizando actividades incompatibles con su baja médica.

Es decir, la empresa se equivocó al valorar la situación, pero eso no significa automáticamente que existiera discriminación.

Finalmente, la sentencia confirma la improcedencia del despido y obliga a Mercadona a escoger entre readmitir al trabajador o indemnizarlo con 22.781 euros.

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