sábado 20 abril 2024

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La Seguridad Social y la Agencia Tributaria aclaran si hay obligación de hacer la Renta 2022 cobrando el complemento a la infancia

El complemento a la infancia es un aporte económico de hasta 100 euros mensuales a las familias con hijos menores de 18 años. Esta ayuda complementaria al Ingreso Mínimo Vital, tiene unas obligaciones en la declaración de la Renta.

Comenzada la campaña de la Renta, es normal que las diferentes administraciones avisen a los contribuyentes sobre cuestiones importantes para evitar posibles sanciones. En este caso, la Seguridad Social ha advertido/avisado a los beneficiarios del complemento a la infancia sobre su obligación de presentar la declaración.

El complemento a la infancia para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y de la prestación por protección familiar entró en vigor en 2022. Se trata de una ayuda económica de hasta 100 euros por hijos.  Aunque en 2022, se aprobó una subida del 15% como medida anticrisis por la inflación, medida que fue prorrogada para este 2023. Por lo que las cuantías quedaron así:

  • Menores de 3 años: 115 euros.
  • Mayores de 3 años y menores de 6 años: 80,5 euros.
  • Mayores de 6 años y menores de 18 años: 57,5 euros.

La cuestión es si hay que incluir el complemento a la infancia en la Renta. Por norma general, Hacienda impone que todas las ayudas y prestaciones superiores a los 1.000 euros, que se hayan percibido en el año fiscal a presentar en la declaración, deben incluirse en la declaración de la Renta.

Tal y como ha aclarado el Ministerio de la Seguridad Social en su cuenta de Twitter, todos los beneficiarios del complemento a la infancia deben incluir esta prestación en la declaración.

Los beneficiarios del complemento a la infancia están obligados a presentar la declaración.

Tal y como indica la Seguridad Social, el complemento a la infancia forma parte del IMV, aunque se puede recibir sin ser beneficiario del Ingreso Mínimo.  Por lo tanto, se aplican los mismos requisitos y obligaciones, salvo en lo que respecta a los ingresos para acceder a la prestación.

Pero en la obligación a presentar la declaración de la Renta si, aunque no se superen los límites de rendimientos de trabajo que obligan a presentarla.

Ya que de esta forma la Agencia Tributaria comprueba las rentas a nivel familiar del año anterior, datos que consultara la Seguridad Social para comprobar que se cumplen los requisitos para poder ser beneficiario de este complemento y del Ingreso Mínimo Vital.

 

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