La jubilación es el objetivo de todo trabajador en activo, son muchos los que calculan cuantos años tengo que seguir trabajando para poder jubilarme, sobre todo cuando ya se acerca ese esperado momento.
Sin embargo, tal y como ha informado la Seguridad Social, los trabajadores que estén cerca de la jubilación deben tener en cuenta que esta no se tramita de oficio. Por tanto, si no solicitan la pensión, no cobrarán nada, aunque cumplan todos los requisitos.
Además, recalca que hay unos plazos para solicitarla y no perder dinero. Una advertencia para corregir un error más habitual de lo que parece, ya que muchos trabajadores creen que, al alcanzar la edad legal o al dejar de trabajar, la pensión se activa automáticamente. Pero no es así.
La jubilación no es automática
Cumplir la edad ordinaria de jubilación y tener los años cotizados exigidos no es suficiente. Tampoco lo es que la empresa tramite la baja laboral.
Muchos trabajadores comunican a su empresa que se van a jubilar en tal día y olvidan realizar el trámite con la Seguridad Social. Lo que ocurre es que la empresa entrega la liquidación al trabajador y lo da de baja en la Seguridad Social. Sin embargo, se olvidan de un paso importante, o bien porque creen que lo hace de oficio la Seguridad Social tras la comunicación de la empresa para la baja en la Seguridad Social.
Cuando pasa el mes y busca sobre todo cuando cobrará su pensión, ve que no recibe ningún ingreso.
La Seguridad Social es clara es ente aspecto y subraya que para empezar a cobrar la pensión, es imprescindible presentar una solicitud formal ante la Seguridad Social. Sin ese trámite, la administración no reconoce el derecho ni inicia el pago.
Ahora bien, si te ocurre esto, tu pensión no está perdida, ya que se puede solicitar, pero hay un plazo para no perder dinero si te ocurre esto.
El plazo clave que puede hacerte perder dinero
Además de solicitar la jubilación, el momento en que se hace es importante. Existe un margen de tres meses antes o después del cese en el trabajo para que el cobro se active correctamente.
Si se presenta la solicitud dentro de ese plazo, la pensión se cobra desde el día siguiente a dejar de trabajar.
Pero si se hace más tarde, la Seguridad Social solo reconoce una retroactividad máxima de tres meses desde la solicitud. Esto implica perder parte del dinero que correspondería.
Por ejemplo, si no pediste la jubilación creyéndote que se tramitaría de oficio y te esperas 4 meses para solicitarla, pues perderás un mes de cobro, ya que solo te reconocerá los tres meses anteriores a tu solicitud.
Qué deben hacer los trabajadores para evitar este error
La recomendación es anticiparse. Antes de llegar a la edad de jubilación, conviene informarse sobre la fecha exacta en la que se puede acceder a la pensión y preparar la documentación necesaria.
La solicitud puede hacerse de forma presencial, por teléfono o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
Planificar este trámite a tiempo puede evitar sorpresas no deseadas y perder dinero.

