La próxima semana Seguridad Social les devolverá a los autónomos las cuotas pagadas de más en 2023

Casi un millón de autónomos recibirá hasta 600 € por haber cotizado de más en 2023. Las devoluciones se realizarán a final de este mes.

El próximo 30 de abril finaliza el plazo que el Ministerio de Seguridad Social estableció para regularizar las nuevas cuotas de cotización de los trabajadores autónomos. Esta medida forma parte de la implantación del sistema de cotización por ingresos reales, vigente desde 2023. A falta de pocos días para el cierre del calendario, el ministerio, dirigido por Elma Saiz, asegura que el proceso avanza conforme a lo previsto, tras el envío de notificaciones a los afectados.

De acuerdo con los datos más recientes, un 50,7% de los trabajadores por cuenta propia tendrá que ajustar su cuota. De estos, aproximadamente 880.000 autónomos cotizaron por debajo de su tramo y deberán abonar una media de 450 euros adicionales. El plazo para realizar el pago se extiende un mes a partir del 30 de abril.

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Por el contrario, cerca de 990.000 autónomos recibirán una devolución de hasta 600 euros, al haber cotizado por encima de su tramo correspondiente. Sin embargo, este grupo tiene la opción de mantener el tramo superior, ya que puede resultarles beneficioso a largo plazo para prestaciones como la jubilación. En febrero, un 60% de los autónomos notificados optaron por mantener su tramo alto.

Casi la mitad no tendrá que modificar su cuota

Según datos de la Agencia Tributaria, tras analizar las cotizaciones de más de 3,7 millones de autónomos, se concluyó que el 49,3% no necesita modificar su base de cotización. Dentro de este grupo, un 21,9% no tiene periodos que requieran regularización y un 28,1% ha cotizado de forma correcta según sus ingresos.

Intereses por retrasos

En caso de no cumplir con los plazos establecidos, el Ministerio deberá afrontar el pago de intereses a los beneficiarios. Según el artículo 29 de la Ley General de la Seguridad Social, se aplicará un recargo del 10% si la cuota se abona dentro del mes siguiente al vencimiento, y del 20% si el pago se realiza a partir del segundo mes.

El mismo recargo tendrán que afrontar los que en su defecto tengan que pagar a la Seguridad Social y no realicen el pago en el plazo establecido en la notificación recibida.

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