El próximo mes de abril entra en vigor una medida aprobada meses atrás y que beneficia sobre todo a los desempleados que cobran la prestación por desempleo contributiva, es decir, el paro.
Desde el 1 de abril de 2025 se incorpora la posibilidad de poder compatibilizar el trabajo con el cobro del paro, incluso a jornada completa. Hasta el momento, un trabajador que cobra el paro y encuentra un trabajo tiene dos opciones: suspender su prestación o bien compatibilizarla, pero esto último solo era posible si el trabajo era a tiempo parcial.
Con la reforma, ya se podrá compatibilizar con un trabajo a jornada completa tanto el subsidio por desempleo como el paro, a través de lo que se denomina complemento de apoyo al empleo.
Requisitos para poder cobrar el paro y trabajar a la vez
Ahora bien, no todos los desempleados podrán disfrutar del complemento de apoyo al empleo, pues hay que cumplir dos requisitos indispensables para ello:
El primero es que el salario que se perciba del trabajo no puede superar el 225% del IPREM, que son unos 1.350 euros mensuales. Aunque este límite aumentará en 2026 hasta el 375%, tal y como recoge la disposición adicional tercera.
El segundo requisito que hay que cumplir y que dejará a muchos desempleados sin posibilidad de optar a esta medida, es que hay que tener aprobado un paro de al menos 12 meses de duración y que al menos hayan transcurrido 9 meses desde el inicio de la prestación.
Cuantía de la prestación al compatibilizar con un trabajo
Tanto la cuantía a cobrar de prestación como su duración dependerán del mes de prestación en el que se encuentre y la jornada del trabajador, según la siguiente tabla que recoge el Real Decreto-ley 2/2024 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE):

La duración máxima será de 180 días (6 meses), lógicamente la duración final dependerá del paro restante que le quede al desempleado por cobrar.
En cuanto a la cuantía a cobrar, estará comprendida entre el 80% del IPREM (480 euros), y el 15% del IPREM (90 euros). Aunque este último será cuando el desempleado se encuentre en los dos últimos meses de cobro máximo que permite el SEPE.

