Forzó su despido faltando al trabajo para cobrar el paro y tendrá que devolver 4.063,48 euros al SEPE

Una trabajadora despedida por faltas injustificadas deberá devolver más de 4.000 euros al SEPE, al confirmarse que forzó su despido.

Una trabajadora fue despedida  disciplinariamente por faltar al trabajo y tendrá que devolver al SEPE 4.063,48 euros por cobro indebido de su prestación por desempleo. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dado la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al confirmar que una trabajadora forzó su despido de manera fraudulenta para cobrar la prestación. Esta decisión revoca una sentencia anterior del Juzgado de lo Social número 1 de Lleida, que había considerado legítima la prestación.

Fue despedida y no impugnó su despido

Esta empleada llevaba desde el año 2000 en la empresa como limpiadora a jornada parcial, y fue despedida disciplinariamente el 29 de enero de 2021. Las causas que se detallaron en la carta de despido fueron que había faltado al trabajo reiteradamente, lo cual constituye una falta muy grave, según el convenio colectivo aplicable.

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No obstante, la trabajadora no impugnó el despido, y poco después, el 15 de febrero de 2021, solicitó la prestación por desempleo, que le fue reconocida con fecha de inicio del 2 de febrero de ese mismo año.

La Investigación de la Inspección de Trabajo fue clave

Que la trabajadora no impugnara su despido provocó que la Inspección de Trabajo decidiera investigar el caso por si se trataba de un pacto para simular un despido y así cobrar el paro (lo que se conoce como arreglar los papeles para cobrar el paro). Es decir, si la trabajadora había llegado a un acuerdo para que esta la despidiera y así poder cobrar la prestación por desempleo.

Meses más tarde, un informe de la Inspección de Trabajo concluyó que no existió un pacto entre la empresa y la trabajadora, ya que esta fue advertida antes del despido sobre las consecuencias de sus reiteradas faltas injustificadas al trabajo.

Pero sí concluyó que la empleada había incurrido en un fraude de ley, al provocar de forma deliberada su despido. Según la inspección, su actitud de no acudir al trabajo pese a las reiteradas advertencias y sanciones sugería un abandono voluntario, disfrazado de despido disciplinario, para acceder a la prestación.

Con base en dicho informe, el SEPE revocó la resolución que había reconocido la prestación y declaró indebida la cantidad cobrada: 4.063,48 euros, correspondiente al periodo entre el 2 de febrero y el 30 de octubre de 2021.

Reclamación al SEPE

Tras la reclamación de cobro indebido, la trabajadora presentó una reclamación previa, la cual fue rechazada por el Servicio Público de Empleo Estatal, por lo que presentó una demanda judicial.

El Juzgado de lo Social número 1 de Lleida estimó su demanda y declaró la revocación de la resolución del SEPE, por lo que confirmaba el derecho a cobrar la prestación abonada.

Sin embargo, el SEPE presentó recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el cual terminó fallando a su favor.

El TSJC confirma que la trabajadora provocó su despido para cobrar prestación por desempleo

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en su sentencia 2374/2024 revisó los hechos probados, incorporando dos cartas de amonestación anteriores al despido y confirmando que las ausencias fueron continuadas, no justificadas, y reflejaban una clara voluntad de dejar de trabajar.

Además, desestimó que los informes médicos presentados, emitidos meses después del despido, justificaran su inasistencia laboral durante el periodo en cuestión.

Con base en estas pruebas, el Tribunal concluyó que hubo una actuación intencionada para simular una situación de despido y acceder a la prestación por desempleo, lo cual constituye un uso fraudulento de la norma legal, según el artículo 6.4 del Código Civil.

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