Es oficial: el BOE publica las nuevas bases de cotización, con 1.424 € de mínima y 5.101 € de máxima

El BOE publica las nuevas bases de cotización para 2026: mínima de 1.424 € y máxima de 5.101 €. Así afectará a tu nómina y a las empresas.

Aunque el salario mínimo interprofesional para 2026 fue aprobado en febrero afectando a la base mínima de cotización, no ha sido hasta este martes 31 de marzo cuando se ha hecho oficial la nueva base mínima de cotización para 2026.

Por eso, hasta el día de hoy, si se consultaba la web oficial de la Seguridad Social, esta  mantenía la base mínima sin actualizar acorde al nuevo salario.

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Ahora ya si es oficial tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese
de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026.

La base mínima será de 1.424 € y la máxima de 5.101 €

La orden establece que la base máxima de cotización en el Régimen General será de 5.101,20 euros mensuales desde el 1 de enero de 2026. Por su parte, la base mínima queda vinculada al salario mínimo interprofesional y no podrá ser inferior a 1.424,40 euros al mes.

De modo que las bases mínimas quedan de la siguiente forma en función de la categoría profesional:

  • Peones, oficiales de primera, segunda y tercera; auxiliares administrativos, subalternos, oficiales administrativos y ayudantes no titulados: la base mínima será de 1.424,40 euros.
  • Jefes administrativos y de taller: la base mínima se sitúa en 1.435,20 euros.
  • Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados: la base mínima se fija en 1.649,70 euros.
  • Ingenieros, licenciados y personal de alta dirección: la base mínima se establece en 1.989,30 euros.
Tabla de las bases de cotización a la Seguridad Social para 2026 publicada en la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo
Tabla de las bases de cotización a la Seguridad Social para 2026 publicada en la Orden PJC2972026 de 30 de marzo | Foto BOE

El tipo de cotización se mantiene en el 28,3%

El porcentaje que se aplica sobre el salario por contingencias comunes no cambia en 2026. Se mantiene en el 28,30%.

  • 23,60% a cargo de la empresa
  • 4,70% a cargo del trabajador

Aunque el tipo no varía, la subida de las bases implica que la cantidad total a pagar será mayor en muchos casos.

Se añade una cotización extra del 0,90%

La norma incluye el llamado mecanismo de equidad intergeneracional, ya muy conocido tanto por trabajadores asalariados como por trabajadores autónomos que cada año sigue subiendo conforme al Real Decreto-ley 2/2023. Para este año supone una cotización adicional del 0,90% sobre la base.

  • 0,75% lo paga la empresa
  • 0,15% lo paga el trabajador

Este recargo se aplica para reforzar la financiación del sistema de pensiones.

Nueva cotización de solidaridad para salarios altos

Además, se establece una cotización adicional de solidaridad para los sueldos que superen la base máxima.

Esta cotización se aplica por tramos sobre el exceso de salario:

  • Salarios que superan la base máxima hasta un 10% adicional: 1,15%
  • Salarios entre el 10% y el 50% adicional sobre la base máxima: 1,25%
  • Salarios que superan en más de un 50% la base máxima: 1,46%

Una actualización obligada sin nuevos Presupuestos

La orden se aprueba en un contexto de prórroga presupuestaria, lo que obliga a adaptar las cotizaciones mediante normativa específica para 2026.

El objetivo es garantizar el funcionamiento del sistema y ajustar las bases a la evolución del salario mínimo y de las pensiones.

Con esta publicación, las nuevas cotizaciones quedan ya plenamente en vigor para este año.

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