El Tribunal Supremo anula la condena por falsificación de moneda tras estafar 5.000 euros a las máquinas expendedoras del Metro de Madrid

El TS anula la condena por falsificación al entender que las monedas falsas no se parecían lo suficiente a las originales como para engañar a una persona.

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha anulado la condena a un hombre que había sido condenado por delito de falsificación de moneda.  El acusado utilizó unas piezas metálicas de las mismas dimensiones, peso y efecto electromagnético de las monedas de 2 €. Con estas falsas monedas llegó a estafar 5.000 euros a las máquinas expendedoras de billetes del Metro de Madrid.

El hombre introducía sus monedas de dos euros caseras en las máquinas del metro como si fuera a adquirir un billete, pero a la hora de terminar la compra, pulsaba el botón para cancelar la operación. De este modo, la máquina le devolvía una moneda de dos euros de curso legal. Según las pruebas, repitió esta operación al menos 2.500 veces con otras tantas monedas, y en numerosas estaciones entre junio y noviembre de 2014, recaudando 5.000 euros de las máquinas.

Fue condenado a 6 años y 6 meses por delito de falsificación

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La Audiencia de Madrid ante estos hechos lo condenó en primera instancia a 6 años y 6 meses de prisión por un delito de falsificación de moneda en concurso medial,  con un delito continuado de estafa, con atenuante muy cualificada, de dilaciones indebidas. Esta condena fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia, tras recurrir el acusado.

tribunal supremo

El Supremo anula la condena por falsificación

Ahora el Supremo ha considerado el recurso del acusado y le absuelve del delito de falsificación moneda. Por lo que la condena pasa a ser de 4 meses de prisión por delito de estafa.

El alto tribunal justifica la decisión de anular la condena por falsificación, porque  para considerar que sea una falsificación de moneda, la moneda imitada debe ser lo suficientemente parecida a la original como para engañar a una persona media. Es decir, ha de ser idónea para acceder al tráfico económico y a su utilización como instrumento de pago intrapersonal.

Las monedas realizadas por este hombre, aparte de tener el mismo grosor y diámetro de una moneda de dos euros, la apariencia visual queda muy alejada de la original, ya que carecían de todo perfil, de todo relieve, de todo signo identificativo que piedra hacerlas pasar por una moneda de curso legal a simple vista.

De modo que al no tener características suficientemente simulares a la moneda real, no podían ser consideradas como una falsificación de moneda.

Por tanto, aunque estas monedas sirviesen para ‘engañar’ a las máquinas expendedoras, por lo que se le condena por un delito de estafa, no sirve para condenar por falsificación de moneda, ya que no se parecían a las originales.

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