jueves 28 marzo 2024

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El SEPE publica la guía con los nuevos contratos de 2022

El Servicio de Empleo Público ha publicado la guía con los contratos vigentes en 2022, explicando los requisitos y las situaciones en las que pueden realizarse

Con la reforma laboral puesta en marcha por el Gobierno con el objetivo de mejorar la calidad de empleo ofreciendo mejores condiciones laborales a los trabajadores, es por ello que la reforma pasaba por cambiar los tipos de contratos.

La ministra de trabajo, Yolanda Díaz aseguró el día de la aprobación de la reforma laboral que, con estos nuevos cambios se impedirá que las empresas sigan abusando de los contratos temporales.

Es por ello que el SEPE ha publicado la nueva guía con los nuevos contratos que entran en vigor este año 2022.

Trabajador firmando su contrato laboral
Trabajador firmando su contrato laboral

Guía de contratos del SEPE

Los cuatro modelos de contratos que existen son los siguientes:

  1. Contrato Indefinido
  2. Contrato Temporal
  3. Contrato Formación y Aprendizaje
  4. Contrato en Prácticas

Contrato Indefinido

Es el contrato que el Gobierno quiere fomentar, por ello ha limitado el uso de los contratos temporales, además de anunciar que reforzará las inspecciones para detectar el fraude.

Además, ofrecerá incentivos a las empresas, sobre todo para aquellas que pasen a sus trabajadores de un contrato indefinido a tiempo parcial a tiempo completo.

Contrato Temporal

El principal cambio es la eliminación de los contratos temporales por obra o servicio y de duración determinada, unificándose en un solo contrato temporal que únicamente podrá utilizarse en circunstancias especiales.

La primera de ellas es que se den circunstancias de producción, es decir que la empresa tenga un aumento puntual y necesite reforzar la plantilla. La otra causa es que sea para sustituir a otro trabajador con reserva de puesto.

El tiempo máximo de duración de este tipo contrato, tendrá una duración máxima de seis meses, que podrán ampliarse hasta 12 por convenio.

En realidad, este contrato también puede emplearse en situaciones previsibles, como las campañas de navidad o agrícolas. Pero  tendrán una duración máxima de 90 días al año no consecutivos. En estas situaciones, las empresas están obligadas a informar antes de empezar el curso a los representantes de los trabajadores de cuantos contratos de este tipo prevé usar en los siguientes doce meses.

Contrato de  Formación y Aprendizaje

Este contrato tiene como objetivo la formación y el aprendizaje para la cualificación profesional de los trabajadores. De modo que el trabajador alternará los estudios con el trabajo, un modelo que ha sido todo un éxito en Alemania.

La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres años, si bien mediante convenio colectivo podrá establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni máxima de tres años.

Al compaginar los estudios con el trabajo, el tiempo de trabajo efectivo no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85% durante el segundo y tercer año, de la jornada.

Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3, del Estatuto de los Trabajadores.

Una vez finalizado el contrato, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad en la misma empresa u otra, salvo que sea para obtener otra cualificación.

Contrato en Prácticas

Este contrato solo podrá hacerse en los 5 años posteriores tras terminar los estudios, 7 en el caso de estudiantes con discapacidades.

Estos contratos están ligados al nivel de estudios del trabajador. En cuanto a su duración, queda limitado a un mínimo de 6 meses y un máximo de 24 meses. El salario será el que dicte el convenio para el puesto, sin que este sea inferior al 60% o 75% durante el primero o el segundo año.

Puedes obtener más información visitando al Guía publicada por el SEPE en su web desde este enlace.

Se elevan las sanciones

Las empresas que no cumplan la nueva normativa que regula la contratación temporal serán sancionadas y el trabajador será considerado indefinido. Estas sanciones pueden llegar hasta los 10.000 euros por cada contrato temporal fraudulento.

 

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