El Consejo de Ministros ha aprobado el 17 de junio de 2025 un Real Decreto que establece el procedimiento para indemnizar a personas afectadas por exposición al amianto, siempre que estas hayan sido reconocidas con una pensión de incapacidad permanente. Se trata de una medida histórica impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que responde a una larga demanda de trabajadores y familiares que han sufrido los efectos de este material cancerígeno.
Indemnizaciones a partir del 18 de septiembre
El Real Decreto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (Real Decreto 483/2025) y entrará en vigor el próximo 18 de septiembre de 2025. A partir de esa fecha, las personas que cuenten con un reconocimiento administrativo o judicial firme de una pensión de incapacidad permanente causada por enfermedades vinculadas al amianto podrán solicitar su compensación económica.
Para el resto de posibles beneficiarios no cubiertos en esta primera etapa, la normativa prevé que podrán acogerse a estas ayudas en función de lo que establezcan las futuras leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Además, el derecho a solicitar esta indemnización prescribirá a los cinco años desde la firmeza de la resolución administrativa o judicial que reconozca la incapacidad permanente.
El Gobierno activa las compensaciones para las víctimas del amianto: un paso histórico para su reparación
👉El #CMIN aprueba el procedimiento que permitirá a las víctimas solicitar las ayudas
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— Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) June 17, 2025
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Los potenciales beneficiarios son personas que hayan desarrollado enfermedades directamente relacionadas con la exposición al amianto, como:
- Asbestosis con repercusión funcional moderada o severa
- Cáncer de laringe
- Cáncer de pulmón
- Mesotelioma
Además, deberán haber sido reconocidos con una incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional ocasionada por dicha exposición.
Procedimiento de solicitud
Los pasos para solicitar la compensación son los siguientes:
- Certificado de diagnóstico: Debe solicitarse en la Consejería de Salud o entidad equivalente de la comunidad autónoma correspondiente, presentando documentación como la resolución de incapacidad permanente.
- Solicitud ante el INSS: Una vez obtenido el certificado, el solicitante debe presentar la solicitud de indemnización al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), a través de un formulario que estará disponible en su Sede Electrónica.
- Resolución: El INSS dispondrá de un plazo máximo de seis meses desde la presentación para emitir una resolución. Si no se pronuncia en ese tiempo, la solicitud se entenderá como denegada por silencio administrativo.
- Impugnación: Las resoluciones podrán ser recurridas en vía judicial.
Cuantías de las indemnizaciones
Los importes de las indemnizaciones, fijados en función de la pensión media por incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional a 31 de diciembre de 2024, son los siguientes:
- Asbestosis: 32.207,08 euros
- Cáncer de laringe: 48.310,62 euros
- Cáncer de pulmón: 64.414,16 euros
- Mesotelioma: 96.621,24 euros
En caso de que una misma persona sufra más de una patología derivada del amianto, se aplicará el baremo correspondiente a la de mayor gravedad.
Un paso esperado hacia la justicia social
La ministra Elma Saiz declaró que esta medida pretende reparar un daño que durante décadas ha afectado la salud de miles de personas expuestas al amianto en su entorno laboral, doméstico o ambiental. “Es una cuestión de justicia para estos ciudadanos y sus familias”, subrayó.
Con esta iniciativa, el Gobierno reconoce oficialmente el impacto devastador del amianto y da respuesta institucional a una problemática de salud laboral que ha estado desatendida durante años. El fondo de compensación se convierte así en un símbolo de reparación y dignidad para las víctimas.

