El Boletín Oficial del Estado (BOE)ha publicado la tan esperada ley que regula el trabajo a distancia y que entrará 20 días después de su publicación.
Largas negociaciones en el Ministerio de Trabajo y agentes sociales para poder regular una modalidad de trabajo que tuvo que ser impuesta a marchas forzadas debido a la pandemia del coronavirus pero que debido a que no estaba legislada tenía grandes varios legales.
Ahora tras el visto bueno del Consejo de Ministros de esta regulación del teletrabajo esos pequeños vacíos han sido llenados.
Estas son las claves de la nueva ley que regula el teletrabajo.
En primer lugar, el trabajo a distancia será voluntario y reversible y requerirá que el trabajador y la empresa firmen un acuerdo por escrito, que podrá formar parte del contrato inicial o realizarse en un momento posterior, sin que esta modalidad pueda ser impuesta.
Los trabajadores a distancias tendrán los mismos derechos que los presenciales y no podrán sufrir perjuicio de sus condiciones laborales, incluyendo retribución, estabilidad en el empleo, tiempo de trabajo, formación y promoción profesional.
Para considerarse que se está teletrabajando, se deberá realizar a distancia al menos un 30% de su jornada semanal durante un periodo de 3 meses, es decir, dos días a la semana deberá realizarse a distancia.
La empresa deberá sufragar o compensar los gastos derivados del desarrollo de la actividad.
Fuente: BOE