Despiden a una empleada del hogar inmigrante y sin contrato tras operarse de apendicitis y ahora tendrán que pagarle 15.406 euros

Una empleada del hogar inmigrante fue despedida pocos días después de ser operada de apendicitis. Lo peor de todo, aparte de la discriminación sufrida por enfermedad, es que no tenía ni contrato y ni estaba dada de alta en la Seguridad Social, razón por la que seguramente su empleador pensaría que no pasaría nada, pero la justicia le ha dado un golpe de realidad, tendrá que pagar 15.406,12 euros

El caso, recogido en la sentencia STSJ PV 2780/2025, refleja la vulnerabilidad que todavía existe en el trabajo doméstico, especialmente entre mujeres migrantes, muchas veces sin papeles ni protección legal efectiva.

Despedida tras operarse de apendicitis

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La trabajadora vivía en el domicilio donde prestaba servicio desde el 1 de diciembre de 2022, cuidando a una persona dependiente. El 3 de octubre de 2024 fue operada de urgencia por una apendicitis y recibió el alta médica pocos días después. Todavía en recuperación, la empleadora decidió prescindir de ella de forma verbal y a través de mensajes de WhatsApp.

En esas conversaciones, la empleadora alegó que no podía esperar más y que necesitaba reincorporarse a su propio trabajo, mientras la trabajadora seguía enferma.

Despido nulo

La trabajadora quiso hacer valer sus derechos laborales y demandó a su empleadora, solicitando la nulidad de su despido, al ser discriminatorio por enfermedad. Así, su caso llego a manos del Juzgado de lo Social nº12 de Bilbao, que le dio la razón y declaro el despido nulo.

En consecuencia, condenó a la empleadora a abonar 2.751,12 euros en concepto de indemnización y 5.655 en conceptos de salarios de tramitación. Sin embargo, rechazó que tuviera que pagar indemnización por daño moral, como solicito la empleada del hogar, unos 7.000 euros.

Aunque ganó el juicio, pues lo principal que era que su despido fuera declarado nulo y lo consiguió, quiso recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco reclamando la indemnización por daño moral que fue rechazada.

Tras el recurso, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco confirmó la nulidad y accedió a que su empleadora le pagara los 7.000 euros por daño moral solicitados. De modo que su empleadora deberá pagarle en total 15.406,12 euros. Según el tribunal, el despido vulnera el derecho, fundamental a la integridad física y moral.

El tribunal considera probado que fue despedida por encontrarse convaleciente, lo que constituye una discriminación por enfermedad.

La sentencia aclara que los derechos laborales y fundamentales no dependen de tener contrato ni papeles, y que incluso en relaciones laborales informales deben respetarse la dignidad y la salud de las personas trabajadoras.

No se trata de un caso aislado

Este fallo se suma a otras resoluciones judiciales sobre empleo doméstico en las que se repiten las mismas irregularidades: largas jornadas, ausencia de contrato y despidos de palabra.

En otra sentencia reciente, la Justicia obligó a un empleador a indemnizar a una trabajadora del hogar que trabajaba más de 70 horas semanales sin contrato y fue despedida de palabra, con una compensación de 7.726 euros.

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