Una empresa que presta un servicio municipal en Córdoba ha sido denunciada ante la Inspección de Trabajo después de entregar a su plantilla un documento en el que pedía certificar que sus trabajadores no tenían previsto quedarse embarazadas, casarse, someterse a una operación o afrontar otras situaciones personales que pudieran impedirles continuar trabajando durante los próximos meses.
La denuncia ha sido presentada por el Sindicato de Enseñanza de CCOO de Córdoba contra Factor Deporte, Ocio y Formación, adjudicataria del servicio de acompañamiento escolar «Camino al cole» del Ayuntamiento de Córdoba. Según explica el sindicato en el comunicado en el que hace pública la denuncia ante Inspección de Trabajo, también se han puesto en conocimiento de la autoridad laboral otras actuaciones relacionadas con posibles descuentos en el salario y una reducción de la jornada de la plantilla.
El documento que la empresa entregó a sus trabajadores
El origen de la denuncia está en un documento denominado «Registro de empleados y empleadas». Según explica CCOO, la empresa se lo hizo llegar a las personas encargadas del servicio y les pidió que certificaran que durante la entrevista de trabajo habían informado sobre cualquier circunstancia que pudiera impedir su continuidad durante el contrato.
La empresa no hablaba únicamente de disponibilidad laboral, sino que en el propio documento aparecían como ejemplos un viaje, un asunto familiar, un embarazo, una operación, una boda u otro empleo. En concreto, los trabajadores debían certificar que no tenían prevista «ninguna situación que imposibilite mi continuidad durante este contrato en los próximos meses».
Para CCOO, pedir esa información supone una actuación ilegal y discriminatoria, especialmente por la inclusión del embarazo entre las circunstancias personales sobre las que debía informar la plantilla. El sindicato ha puesto los hechos en conocimiento de la Inspección de Trabajo, que deberá determinar ahora si las actuaciones denunciadas incumplen la normativa laboral.
No es el único hecho que CCOO ha llevado ante Inspección de Trabajo
La denuncia incluye otras actuaciones de Factor Deporte, Ocio y Formación. En otra comunicación dirigida al personal, según recoge CCOO, la empresa avisó de que cuando un trabajador faltara o no acudiera a su puesto sin avisar previamente y sin autorización se descontarían del salario mensual «los costes correspondientes».
El comunicado sindical no detalla qué costes pretendía repercutir la empresa ni cómo se calcularían. Sí reproduce el aviso enviado a la plantilla, por lo que esta actuación también ha quedado incluida entre los hechos puestos en conocimiento de la autoridad laboral.
La denuncia también alcanza a las horas de trabajo de la plantilla, ya que CCOO asegura que la nueva adjudicataria debía respetar las condiciones laborales de la empresa anterior y, sin embargo, una de sus primeras medidas fue reducir la jornada de dos horas a una hora y media. Según el sindicato, la empresa justificó este cambio por las condiciones del contrato de adjudicación del servicio. Una reducción de este tipo puede afectar directamente tanto a las horas trabajadas como al salario. La posibilidad de que una empresa reduzca la jornada de un trabajador y las opciones que este tiene ante el cambio dependen de cómo esté contratado y del procedimiento seguido para modificar sus condiciones de trabajo.
Qué dice la legislación laboral sobre la discriminación
La denuncia deberá seguir ahora su curso ante Inspección de Trabajo, aunque la legislación española establece límites frente a la discriminación dentro de una relación laboral. El Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de los empleados a no ser discriminados por motivos como el sexo o el estado civil y protege también su intimidad y dignidad. Además, el artículo 17 declara nulas las decisiones empresariales que generen discriminación en el empleo, el salario, la jornada o el resto de condiciones de trabajo.
Esta protección es todavía más clara cuando se trata de un embarazo, ya que la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece que todo trato desfavorable relacionado con el embarazo o la maternidad constituye discriminación directa por razón de sexo. Esta protección no se limita a un posible despido, sino que puede alcanzar otras decisiones empresariales que provoquen un perjuicio laboral por una circunstancia protegida.
Los tribunales también han abordado casos en los que el embarazo estaba relacionado con un trato desfavorable en el trabajo. En uno de ellos, la Justicia consideró discriminatorio que una empresa dejara de llamar a un trabajador fijo discontinuo después de comunicar que su mujer estaba embarazada. Aunque los hechos son diferentes a los denunciados ahora en Córdoba, este caso permite entender cómo puede actuar la protección frente a decisiones laborales relacionadas con el embarazo.
Las infracciones muy graves pueden alcanzar los 225.018 euros
La denuncia presentada contra Factor Deporte, Ocio y Formación no significa que la empresa haya sido sancionada ni que vaya a recibir necesariamente una multa, ya que corresponde a la Inspección de Trabajo comprobar los hechos denunciados y determinar si existe alguna infracción. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social califica como muy graves determinadas decisiones empresariales discriminatorias por motivos como el sexo o el estado civil, además de los actos contrarios al respeto de la intimidad y la dignidad de los trabajadores.
La misma norma incluye entre las infracciones muy graves solicitar determinados datos personales durante los procesos de selección o establecer condiciones discriminatorias para acceder a un empleo. Si los hechos denunciados fueran finalmente incluidos dentro de las infracciones muy graves en materia de relaciones laborales y empleo, las multas previstas varían en función de su graduación y pueden ir desde los 7.501 hasta los 225.018 euros.
Estas cantidades no pueden aplicarse de forma automática al caso de Córdoba, porque antes deberá determinarse qué ocurrió y si las actuaciones denunciadas encajan en alguna de las infracciones previstas por la ley. Por ahora, CCOO ha llevado ante Inspección de Trabajo tanto el documento en el que se pedía a la plantilla informar sobre un posible embarazo, boda u operación como las comunicaciones sobre los descuentos salariales y la reducción de jornada en el servicio «Camino al cole».

