Correos se negó a cambiar el turno a un trabajador que necesitaba cuidar a sus hijos, entre ellos una hija adolescente con ideas suicidas. Ahora, la Justicia ha dado la razón a este trabajador y no solo obliga a la empresa del Grupo Correos a cambiarle el turno de mañana para que pueda conciliar, sino que también lo tendrá que indemnizar con 3.5000 euros por daño moral.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias considera que la empresa no valoró correctamente la situación familiar del empleado, que tenía serias dificultades para atender a sus hijos en horario de tarde.
La empresa rechazó el cambio de turno pese a la situación familiar
El trabajador, empleado de Correos desde octubre de 2023, tenía asignado un turno de tarde de 14:30 a 22:00 horas. En 2024 solicitó una adaptación de jornada, como permite el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores para poder conciliar la vida laboral y familiar, sin necesidad de reducir horas ni salario. El cambio que pedía era pasar al turno de mañana para poder cuidar a sus dos hijos menores.
Entre los motivos, destacó la situación de su hija de 15 años, que había sufrido episodios de depresión y autolesiones, además de necesitar seguimiento médico.
Sin embargo, la empresa rechazó la solicitud alegando motivos organizativos, como la necesidad de reforzar el turno de tarde por el aumento de la paquetería. Tras la negativa de la empresa, el trabajador procedió a solicitarlo judicialmente.
El caso dio un giro por el empeoramiento de la hija
El Juzgado de lo Social rechazó su demanda al considerar que no quedo suficientemente acreditada la necesidad real de conciliación en ese momento. Es decir, no quedó probado que la situación fuera lo suficientemente grave o como para obligar a Correos a cambiarle el turno.
Concretamente, se basó en que la hija no tenía acreditada una patología psiquiátrica relevante en ese momento y no se demostró que necesitara cuidados especiales por las tardes y tampoco se probó que otros familiares no pudieran ayudar. Mientras que la empresa sí pudo justificar las necesidades organizativas (refuerzo del turno de tarde).
Tras esta primera negativa judicial, el trabajador volvió a solicitar el cambio en 2025 aportando nuevas pruebas. Su hija había sido diagnosticada con conducta autolesiva y pensamiento negativo, con tratamiento médico activo. Además, la madre no podía hacerse cargo de los menores por su horario laboral.
El tribunal considera probado que la menor necesitaba apoyo familiar constante y que no debía permanecer sola durante largos periodos, dada la gravedad de su situación.
La Justicia obliga a Correos a cambiar el horario
El Tribunal Superior de Justicia concluye que existe una necesidad real de conciliación y que la empresa no justificó suficientemente su negativa. Por ello, reconoce el derecho del trabajador a pasar a un turno fijo de mañana, de 7:00 a 14:30 horas.
Además, la sentencia condena a Correos a pagar 3.500 euros al trabajador por el perjuicio causado.
El tribunal considera que la negativa empresarial tuvo un impacto grave, no solo en el empleado, sino también en sus hijos, especialmente en su hija adolescente con problemas de salud mental.

