El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha confirmado el despido disciplinario sin derecho a indemnización de un trabajador de El Pozo Alimentación. La decisión de echar al trabajador fue tomada por la compañía por varias faltas injustificadas a su puesto de trabajo, después de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) anulara una baja médica del trabajador.
Este empleado llevaba trabajando desde 2018 en El Pozo Alimentación como ayudante de despiece y tenía un salario mensual superior a los 2.000 euros. Sin embargo, se ha visto en la calle sin derecho a indemnización por faltar al trabajo de manera injustificada.
El 30 de septiembre de 2022 causó baja médica. Sin embargo, poco más de un mes después el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) anuló esa baja. El motivo para echar atrás esta baja era que se trataba de una patología ya tratada en un proceso anterior que había agotado los plazos. La empresa fue informada oficialmente el 8 de noviembre de ese mismo año.
Ese mismo día, el trabajador solicitó una licencia sin sueldo. La empresa se la concedió con efectos retroactivos desde el 1 de octubre hasta el 8 de noviembre, como si supiera que la baja ya no era válida y, por tanto, debía regularizar su ausencia.
Faltó al trabajo tras reincorporarse
El 9 de noviembre de 2022 se reincorporó a su trabajo (el 8 de noviembre era su último día de permiso que solicitó a la empresa). Pero, para sorpresa de la empresa, los días siguientes (10, 11, 12, 15 y 16) no acudió a su puesto de trabajo.
Ante estas faltas, la empresa le envió un burofax para que justificara esas ausencias. La respuesta del trabajador era que su médico de cabecera le había dicho que su baja seguía en vigor, y aportó un parte de confirmación del Servicio Murciano de Salud de fecha 4 de noviembre. No obstante, este documento no era suficiente, ya que el INSS había dejado sin efecto la baja médica.
Finalmente, el 22 de noviembre, la empresa le comunicó su despido disciplinario por ausencias injustificadas al trabajo. El trabajador no aceptó su despido y presentó una demanda contra El Pozo solicitando que se declarara improcedente.
Defendía que pensaba que seguía estando de baja
En su defensa, alegaba que sus ausencias al trabajo tras la finalización de la licencia sin sueldo que solicitó estaban justificadas, ya que él creía seguir en situación de baja médica, tal y como le había confirmado su médico de cabecera.
Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, desestimó su demanda y consideró procedente. No conforme con el resultado, presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, pero obtuvo el mismo resultado.
Tal y como se señala en la sentencia 495/2025, el tribunal concluyó que el trabajador sabía que su baja médica había sido anulada por las siguientes razones:
- Había solicitudo una licencia sin sueldo hasta el día 8 de noviembre (lo que era una prueba clara de que era consciente de su obligación de reincorporarse).
- Se había reincorporado el 9 de noviembre, lo cual implicaba reconocimiento de la obligación de trabajar.
Por tanto, era consciente de que estaba faltando al trabajo y según el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 54, las ausencias injustificadas pueden ser motivos de despido disciplinario. El tribunal señala que el Convenio Colectivo de Industrias Cárnicas considera falta muy grave no asistir al trabajo durante tres días en un mes sin causa justificada (como ha sido en este caso). De modo que confirma el despido disciplinario sin derecho a indemnización.

