Un trabajador de Correos ha sido condenado por la Audiencia Provincial de La Coruña a un año y medio de cárcel por dejar sin repartir ni entregar 3.700 envíos entre febrero y julio de 2019.
Actualmente, el trabajador tiene 64 años de edad y ha aceptado la condena de un año y medio de prisión, además de tener que pagar una multa de 1.800 euros. Además, el juzgado lo ha inhabilitado, durante tres años y medio, para el empleo o cargo público y para la realización de cualquier laboral relativa a la actividad postal y paquetería, así como para desempeñar cualquier función para la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
Delito de infidelidad en la custodia de documentos
El trabajador de Correos ha sido condenado como autor de un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos, penado en el artículo 413 del Código Penal. El tribunal ha tenido en cuenta las atenuantes de actuar a causa de su grave adición a las bebidas alcohólicas y de dilaciones indebidas.
Los hechos ocurrieron entre febrero y julio de 2019 y tras las quejas de los vecinos de la zona, Correos inició una investigación interna. Así, el día 9 de julio, durante un registro voluntario de su vehículo privado, sus superiores hallaron ocultos y acumulados unos 3.600 envíos que no fueron debidamente repartidos.
A estos envíos encontrados en su vehículo hay que sumar los 98 que se encontraron en la taquilla abierta.
Los envíos que este acumulaba indebidamente fueron finalmente repartidos mediante gestiones urgentes de Correos, sin que ningún perjudicado haya reclamado por ello.
Este mismo año, por ejemplo, se hizo viral un video de otro trabajador de Correos que habría los paquetes que debía entregar.
Acuerdo de conformidad
El caso iba a ser juzgado por un jurado popular, pero ambas partes alcanzaron el pasado mes un acuerdo de conformidad, que fue ratificado en sede judicial, por lo que la sentencia ya es firme.
No obstante, el trabajador no entrará en la cárcel, ya que se le ha concedido la suspensión de la ejecución de la pena de prisión impuesta durante el plazo de tres años, siempre y cuando durante dicho plazo no vuelva a delinquir y además deberá comunicar sus cambios de domicilio.
Inicialmente, la Fiscalía pedía cuatro años de prisión y una multa de 4.320 euros, mientras que la Abogacía del Estado, que ha ejercitado la acusación particular en representación de Correos, como empresa estatal, solicitaba que el trabajador fuera condenado a 3 años de prisión y a una multa de 2.700 euros.
Finalmente, la condena se ha quedado en año y medio de prisión y una multa de 1.800 euros.