viernes 31 enero 2025
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Así será la jubilación parcial con contrato de relevo a partir de 2024

La jubilación parcial con contrato de relevo permite adelantar parcialmente la jubilación de un trabajador que seguirá trabajando a tiempo parcial y cotizando para su retiro definitivo.

La jubilación parcial con contrato de relevo es una opción que tienen los trabajadores para adelantar su jubilación y cobrar una pensión de la Seguridad Social pero manteniendo su empleo. El trabajador pasa de un contrato a tiempo completo a uno a tiempo parcial y cobrará de pensión el porcentaje que haya reducido su jornada.

Para poder acceder a la jubilación parcial, la empresa y el trabajador deben estar de acuerdo, salvo que se recoja ese derecho en el convenio colectivo. Además, se debe celebrar de forma simultánea un contrato de relevo para un nuevo trabajador que cubrirá las horas reducidas del trabajador que accede a esta jubilación parcial.

Además, el trabajador debe reunir una serie de condiciones como estipula la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 215.

Jubilación anticipada parcial con contrato de relevo
Jubilación anticipada parcial con contrato de relevo | Foto Freepik

Requisitos para la jubilación con contrato de relevo a partir de 2024

Los requisitos que debe cumplir un trabajador para acceder a esta modalidad de jubilación son los siguientes:

  • Tener una edad menor a la exigida para poder jubilarse en el año en el que se solicita. O bien tener los 60 años si son trabajadores mutualistas antes del 1 de enero de 1967, sin tener en cuenta bonificaciones por edad.
  • Ser trabajador a jornada completa.
  • Lógicamente, es necesario estar dado de alta en la Seguridad Social y cotizar.
  • Imprescindible tener al menos 6 años de antigüedad en la empresa. Inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • La reducción de la jornada laboral debe ser entre un 25 y un 67% de la jornada. Aunque si el trabajador relevistas contratado es a jornada completa, podrá reducirse hasta el 80%.
  • Contar con 33 años cotizados, sin tener en cuenta los proporcionales de pagas extraordinarias. En el caso de personas con discapacidad mayor o igual a 33%, se exigen solamente 25 años cotizados.

En 2024, la edad exigida según los periodos de cotización exigidos son los siguientes:

  • 36 años o más: 62 años y 6 meses.
  • 33 años cotizados: 64 años.

Por último, es necesario que se lleva a cabo simultáneamente un contrato de relevo con otro trabajador desempleado que debe tener como mínimo una jornada igual a la que se ha reducido el trabajador que accede a esta jubilación. Igualmente, se puede contratar a jornada completa.

¿Se cotiza a la Seguridad Social durante la jubilación parcial con contrato de relevo?

Sí, tanto la empresa como el trabajador cotizarán por la base de cotización, que en su caso, hubiese correspondido de seguir trabajando este a jornada completa.  Es decir, seguirá cotizando por el 100% de su base de cotización como si estuviera a jornada completa.

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