El subsidio por desempleo para mayores de 52 años es una prestación asistencial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), cuyo objetivo no es otro que proteger la jubilación de los desempleados.
Es por ello que a diferencia del resto de subsidios, este sĆ cotiza a la Seguridad Social, exactamente se cotiza el 125% de la base de cotización mĆnima vigente cada aƱo, por lo que cuando sube el SMI tambiĆ©n afecta a los beneficiarios de esta ayuda asistencial. AdemĆ”s, se cobra de forma indefinida hasta que se puede solicitar la jubilación.
Con la antigua normativa, cuando esta ayuda del SEPE era conocida como subsidio para mayores de 55 aƱos, la persona en paro que cobrarĆ” esta prestación y cumpliera los requisitos para solicitar la jubilación anticipada, debĆa hacerlo obligatoriamente.Ā Sin embargo, ya no es asĆ, la persona puede mantener el subsidio por desempleo hasta la edad de jubilación si asĆ lo prefiere.
El nuevo artĆculo 277.3 LGSS dice lo siguiente: En el supuesto previsto en el artĆculo 274.4, el subsidio se extenderĆ”, como mĆ”ximo, hasta que el trabajador alcance la edad ordinaria que se exija en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación.
Anteriormente, la norma establecĆa que debĆa jubilarse cuando cumpliera la edad de jubilación en cualquiera de sus modalidades, como la jubilación anticipada. Esta norma perjudicaba al futuro pensionista, pues al verse obligado a jubilarse verĆ” como su pensión se reduce debido a los coeficientes reductores que se aplican en esta modalidad.

Requisitos para seguir cobrando el subsidio hasta la edad de jubilación.
Ahora el trabajador que esté cobrando el subsidio de mayores de 52 años podrÔ elegir voluntariamente si quiere mantener este subsidio hasta su edad legal de jubilación ordinaria, o si cumple los requisitos solicitar la jubilación anticipada.
En el caso de elegir seguir cobrando la prestación del SEPE, debe tener en cuenta que debe reunir unos requisitos para mantenerla y de no hacerlo perderÔ el derecho a su cobro.
- El primer requisito es carecer de rentas superiores al 75% del salario mĆnimo interprofesional (SMI). En 2023, el lĆmite es de 810 euros al mes.
- Presentar de forma anual la declaración anual de rentas para justificar los ingresos del beneficiario y asĆ el SEPE puede comprobar que se cumple el requisito de lĆmite de rentas.
- Lógicamente, al igual que con cualquier prestación, es necesario renovar la demanda de empleo, es decir, sellar el paro para no causar baja en los servicios públicos de empleo.
Jubilarse anticipadamente o seguir cobrando el subsidio hasta la edad de jubilación ordinaria.
El desempleado tiene la opción de jubilarse anticipadamente o bien esperar a cumplir la edad de jubilación ordinaria. Elegir una opción u otra dependerÔ de la situación de cada persona.
Lo que sĆ hay que tener en cuenta, es que la jubilación anticipada, ya sea voluntaria o involuntaria, conlleva una penalización en la cuantĆa de la pensión que corresponde. Estos porcentajes que reducen la prestación a cobrar dependerĆ”n de los meses en los que se anticipe la jubilación.

