sábado 1 febrero 2025
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¿Puedo grabar una conversación con mi jefe?

Un trabajador puede grabar conversaciones con su jefe e incluso compañeros de trabajo y presentarlas como prueba en el juicio, aunque hay que tener en cuenta una serie de cuestiones.

Las empresas pueden poner cámaras para grabar a sus empleados, siempre que esas cumplas unas normas, como por ejemplo que no graben audio y que los trabajadores sean informados previamente a su instalación de que existe un sistema de videovigilancia.

Ahora bien, si la empresa puede grabarme durante mi trabajo, sería posible a la inversa, es decir, que sea el empleado quien grabe a su jefe.  ¿Puedo grabar una conversación con mi jefe? ¿Y con un superior o incluso un compañero?

La grabación de una conversación como medio de prueba en un juicio laboral

Cuando un trabajador denuncia a la empresa, este debe demostrar los hechos y en muchas ocasiones solo se pueden demostrar a través de las conversaciones que se han dado durante el trabajo.

Por ejemplo, el acoso laboral o bien reclamar a la empresa cualquier incumplimiento y que esta reclamación no se haya hecho por escrito, algo poco recomendable. Pero si eres de los trabajadores que prefieres hablar las cosas, debes saber que es legal grabar una conversación con tu jefe. Es más, no es necesario que le pidas su consentimiento, pero siempre que se cumplan estos requisitos:

  • La primera de todas y la más importante, es que debes participar en la conversación, si no participas, esa grabación no será válida en un juicio. Es más, grabar conversaciones de terceros podría suponer una violación de los derechos de las personas a las que se graba.
  • Que se traten temas de trabajo.
  • Con carácter general, la conversación debe realizarse en el centro de trabajo, aunque si por ejemplo estás en tu casa y el jefe te llama para pedirte algo, puedes grabar esa llamada para demostrar que te llaman fuera de tu horario laboral.

Para que estés seguro, puedes consultar la Sentencia del Tribunal Supremo del 20 de noviembre de 2014, en la que se analiza el caso del jefe de una empresa que demandó a una empleada porque grabó con su teléfono móvil la conversación en la que le amonestaba e imponía una sanción disciplinaria.

¿Qué es la garantía de indemnidad?

No es necesario su consentimiento para grabar a tu jefe

Muchas veces las empresas y los empresarios, ante el temor de que sus empleados puedan grabar una conversación, ponen carteles indicando que ‘está prohibido grabar audio y vídeo sin consentimiento‘ o incluso antes de empezar una conversación exponen que no dan su consentimiento a ser grabados.

Como hemos dicho antes, no es necesario su consentimiento siempre que se cumplan las premisas que antes hemos indicado. Además, si avisas que vas a grabar, lógicamente tu jefe no va a ser todo lo sincero que sería si no hubiera un micro delante.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que estas grabaciones solo pueden usarse como prueba en un juicio, es decir, si estas grabaciones son difundidas, entones, ya sí que existiría una vulneración del derecho a la intimidad de la persona grabada.

Cómo se aportan las grabaciones en un juicio

El artículo 90 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), establece que se pueden aportar grabaciones de audio y de video como medios de prueba. Por lo que es una prueba válida en un juicio. Los archivos de audio deberán llevarse en un pendrive y además se debe aportar una transcripción de los mismos.

Además, hay que tener en cuenta que los juzgados no suelen contar con medios para su reproducción, por lo que hay que llevar la forma de reproducir la grabación en el juicio, como puede ser un ordenador portátil.

Igualmente, y seguramente si te ves en esta situación, tu abogado citará a la persona que aparezca en la grabación, para que esta reconozca su voz, pues la empresa puede alegar que no sabe quién es la persona que participa en esa grabación.

¿Y si miente diciendo mi jefe que esa no es su voz? Podría pasar, aunque rara vez, que una persona que escucha su voz y sabe que es él, se atreviera a mentir en un juicio, pues podría ser acusado de un delito de falso testimonio.

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