La Seguridad Social se ve obligada tras tres sentencias del Tribunal Supremo a cambiar el criterio y permitir que los autónomos societarios puedan beneficiarse de la tarifa plana para autónomos.
Por tanto los autónomos societarios tendrán derecho a solicitar esta bonificación en las cuotas que les permite pagar durante el primer año 60 euros / mes (en algunas comunidades se amplía hasta los dos años) y luego disfrutar de una serie de «descuentos» hasta que pasados los 24 meses ya deben abonar la cuota ordinaria, es decir 289 euros (base mínima de cotización).
La Seguridad Social ha trasladado este cambio de criterio a sus unidades de impugnación para que apliquen este nuevo criterio.
Se permitirá a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles capitalistas (limitadas o anónimas), acceder a los beneficios de la “tarifa plana para autónomos”, que hasta ahora se les había denegado
También será posible que los autónomos societarios reclamen su solicitud denegada y así acogerse a la tarifa plana.
Teníamos razón y nos la han dado
Noticia importante para autónomos societarios!
La Seguridad Social cambia de criterio tras tres sentencias del Tribunal Supremo y permitirá a los autónomos societarios acogerse a la tarifa plana
A quienes se les denegó deben instar a su revision pic.twitter.com/nPL08h9VT9— Lorenzo Amor (@lorenzoamor_ata) September 7, 2020