Cuando la empresa confía en un trabajador como para darle libertad a la hora de organizarse su jornada laboral espera que ese trabajador responda adecuadamente. En el caso de este comercial tenía libertad para organizar buena parte de su jornada. La empresa no tenía oficina en la ciudad donde vivía, y su trabajo consistía sobre todo en desplazarse para visitar y atender a clientes. Por eso la empresa tenía una política de gastos de viajes y comidas y precisamente fue a través desde estos gastos donde la empresa se percató que esa confianza se había quebrado.
En realidad todo comenzó con una llamada de un cliente que no conseguía contactar con el comercial y a raíz de eso la empresa decidió investigar. Fue entonces cuando al revisar sus gastos, su responsable encontró un dato que llamó especialmente su atención y no es para menos, ya que había registrado 26 comidas con el mismo cliente, en el mismo restaurante y en apenas mes y medio.
La compañía contrató entonces a un detective para comprobar qué estaba ocurriendo durante su jornada y el seguimiento terminó sacando a la luz las irregularidades. Algunas comidas que el comercial había presentado como encuentros profesionales con clientes eran en realidad comidas con su mujer, mientras que parte del tiempo que figuraba como trabajado coincidía con momentos en los que se encontraba en un centro deportivo y de ocio o realizando otras actividades personales.
Lo descubierto durante la investigación llevó a la empresa a abrirle un expediente y posteriormente a comunicarle el despido disciplinario. El comercial decidió llevar el caso a los tribunales para intentar que el cese fuera declarado improcedente, pero el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha terminado confirmando la decisión de la empresa.
Declaraba las comidas con su mujer como comidas con clientes y fichaba como si estuviera trabajando cuando hacia otras cosas
El trabajador llevaba en la empresa desde febrero de 2019 trabajando como comercial de productos de decoración. Su actividad se desarrollaba principalmente fuera de una oficina, ya que el 90% de su trabajo consistía en visitar y atender a clientes. El resto lo dedicaba a tareas administrativas y llamadas. Además, no había una oficina de la compañía donde residía, por lo que podía realizar esa parte administrativa desde su domicilio o desde cualquier otro lugar.
Su trabajo también implicaba desplazamientos y reuniones que en ocasiones podían prolongarse más allá de las 17:00 horas. Por ello disponía de flexibilidad horaria, aunque debía informar a su superior si iba a dejar sin atender durante un periodo amplio la franja habitual de atención a los clientes. Para controlar la jornada, la plantilla disponía de una aplicación desde la que podía registrar la entrada y la salida utilizando el ordenador o el teléfono móvil. El trabajador tenía así la obligación de reflejar correctamente el tiempo trabajado, ya que los incumplimientos en el registro horario pueden tener consecuencias disciplinarias cuando son atribuibles al empleado.
La situación del trabajador cambió en julio de 2024 cuando en las oficinas centrales recibieron la llamada de un cliente que se quejaba porque no conseguía contactar con el comercial. Su superior decidió entonces comprobar su actividad y revisar los gastos que estaba pasando a la compañía. Fue ahí donde encontró un dato fuera de lo habitual, ya que en aproximadamente un mes y medio, el trabajador había comunicado como profesionales 26 comidas con un mismo cliente y en un mismo restaurante situado cerca de su domicilio.
La responsable trasladó sus sospechas a Recursos Humanos y la empresa abrió una investigación. Para comprobar qué estaba ocurriendo realmente durante la jornada del comercial, recurrió al seguimiento de un detective privado. El seguimiento permitió confirmar qué hacía el trabajador en diferentes días de julio, agosto y septiembre de 2024 y posteriormente comparar esos movimientos con las horas que aparecían registradas como tiempo de trabajo.
El 19 de julio fue uno de los días que el detective siguió el trabajador quién había fichado como que había trabajado desde las 7:58 hasta las 15:30 horas. Sin embargo, el comercial salió de su domicilio a las 9:55 y se dirigió primero a El Corte Inglés y poco después a un centro deportivo y de ocio, donde permaneció aproximadamente desde las 10:35 hasta las 12:30. A las 14:10 se encontraba en un restaurante próximo a su domicilio comprando comida para llevar y después regresó a casa.
El detective volvió a localizarlo en el centro deportivo el 26 de julio, cuando llegó sobre las 10:05 y permaneció allí hasta las 12:00. Después regresó a su domicilio y, poco más tarde, salió acompañado de su mujer y su perro. La pareja estuvo en un bar cercano y posteriormente acudió a un restaurante, donde comió en una terraza.
Al comparar aquel seguimiento con los gastos comunicados a la empresa apareció otra de las irregularidades. Ese mismo día había presentado dos gastos como profesionales y había vinculado ambos a un cliente. Uno de ellos, de 24 euros, correspondía al establecimiento en el que el detective lo había visto comiendo con su mujer.
La situación volvió a repetirse el 23 de agosto, cuando el comercial salió de casa con su mujer, pasó por una cafetería y regresó a su domicilio y más tarde ambos volvieron a salir para comer en un restaurante. Entre los gastos profesionales comunicados aquel día aparecía uno de 24 euros asociado al mismo cliente y en el que había indicado la presencia de un invitado.
Durante varias semanas el trabajador fue seguido por el detective que volvió a localizarlo en el centro deportivo cuando supuestamente estaba trabajando según el sistema de fichaje. Incluso un día registro una jornada de 5 horas y 34 minutos, desde las 7:58 hasta las 23:32, cuando en realidad salió de su domicilio a las 8:55 y permaneció en el centro deportivo hasta aproximadamente las 11:20. Después volvió a casa, realizó otro desplazamiento y más tarde salió a pasear al perro antes de acudir a comer.
La empresa abre un expediente y lo despide
Con la información recabada, la compañía abrió un expediente disciplinario el 24 de septiembre de 2024, que es lo que se conoce como audiencia previa para que el trabajador pueda defenderse. El comercial recibió la comunicación y dispuso de un plazo para explicar lo ocurrido y tres días después presentó sus alegaciones.
Pero la empresa no aceptó sus explicaciones y finalmente el 1 de octubre de 2024 le comunicó el despido disciplinario, poniendo fin a una relación laboral que había comenzado más de cinco años antes. El trabajador acudió a los tribunales para impugnar su despido tras no llegar a un acuerdo en la mediación laboral.
La Justicia considera el despido justificado
El trabajador defendía que las circunstancias en las que desarrollaba su trabajo debían tenerse en cuenta antes de aplicar la sanción tan grave. Alegó que no tenía una oficina ni un horario rígido, que disfrutaba de flexibilidad por los desplazamientos y reuniones con los clientes y que podía continuar disponibles a través del teléfono incluso cuando hacía deporte, paseaba al perro o tomaba un café.
También señalo que no se había demostrado un perjuicio importante para la empresa más allá de la llamada del cliente que se había quejado de no poder contactar con él. Respecto al control de jornada, cuestionó la fiabilidad del sistema y defendió que los propios registros reflejaban semanas en las que superaba las 40 horas de trabajo sin que le fueran abonadas las horas extraordinarias.
Sobre los gastos defendió que no había superado los límites diarios establecidos para manutención y cifró en 153 euros los gastos indebidamente reportados durante los tres meses analizados. A ello añadió que llevaba más de cinco años en la empresa sin ser sancionado o advertido previamente y que sus resultados comerciales habían mejorado de 2023 a 2024.
Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social como luego el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en su sentencia 1597/2026 (STSJ GAL 2540/202). Para el tribunal quedó demostrado que el trabajador registraba como tiempo de trabajo determinadas franjas en las que estaba realizando actividades que no eran profesionales.
Por otro, presentó para su abono gastos personales como si fueran profesionales, señalando precisamente las comidas realizadas con su esposa que fueron comunicadas a la empresa como encuentros con clientes. Estas dos conductas para los magistrados tienen mucha importancia por las condiciones en las que desempeñaba su trabajo, ya que el comercial se encontraba lejos de las oficinas centrales y no tenía sede en el municipio donde vivía por lo que disfrutaba de una importante autonomía para distribuir su jornada debido a sus desplazamientos y reuniones.
Precisamente esa libertad de organización era posible por la confianza que la empresa había depositado en el trabajador, quien abuso de esa confianza para registrar como tiempo de trabajo cuando estaba realizando otras actividades personales.
El tribunal tampoco considera que los 153 euros alegados reduzcan la gravedad de lo ocurrido, porque no se trata únicamente del dinero que la empresa consiguió detectar. En este tipo de conductas, la pérdida de confianza no depende únicamente de la cantidad económica, sino del comportamiento del trabajador. En este caso, la Sala tiene en cuenta que presentó gastos particulares como profesionales y la posibilidad de que esa conducta hubiera continuado de no ser descubierta. Tampoco considera un atenuante que no constaran sanciones o advertencias anteriores, ya que entiende que los hechos son suficientemente graves y suponen una vulneración de la buena fe contractual.
Por eso confirman su despido disciplinario sin derecho a indemnización.

