El Congreso tumba la ley de los grupos de interés que rechazaban CCOO y UGT y queda derogada tras 22 días en vigor

La norma no supera la votación del Congreso con 179 votos en contra frente a 155 a favor. Los sindicatos habían pedido que no se convalidara al rechazar que su participación en el diálogo social pudiera recibir el mismo tratamiento que la actividad de los grupos de interés.

El Congreso de los Diputados ha derogado el Real Decreto-ley 21/2026 sobre transparencia e integridad de los grupos de interés, una norma aprobada por el Gobierno a finales de agosto que había provocado el rechazo de CCOO y UGT por el tratamiento que podían recibir los sindicatos cuando participan en el diálogo social. La votación celebrada el 16 de septiembre dejó 155 votos a favor de mantener el decreto, 179 en contra y 12 abstenciones, por lo que la norma no superó el trámite necesario para seguir vigente.

El BOE del 18 de septiembre recoge la derogación del Real Decreto-ley, que había entrado en vigor el 27 de agosto, un día después de su publicación. La norma ha permanecido así solo 22 días en vigor antes de que el Congreso rechazara su convalidación, poniendo fin a las obligaciones que había introducido para regular la actividad de los grupos de interés ante la Administración General del Estado.

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El resultado se produce después de que CCOO y UGT pidieran a los grupos parlamentarios que no convalidaran el Real Decreto-ley. Ambos sindicatos rechazaban que su participación en reuniones con el Gobierno para negociar medidas laborales pudiera quedar bajo las reglas previstas para los grupos de interés, ya que consideran que esas actuaciones forman parte de su papel como representantes de los trabajadores y de su participación en el diálogo social.

El Congreso rechaza mantener el decreto con 179 votos en contra

La votación era necesaria porque los reales decretos-ley aprobados por el Gobierno tienen que pasar posteriormente por el Congreso para mantener su vigencia. En esta ocasión, la Cámara rechazó la convalidación por 179 votos frente a 155, mientras que otros 12 diputados se abstuvieron. El acuerdo adoptado el 16 de septiembre fue publicado dos días después en el BOE, que recoge expresamente que el Congreso acordó derogar el Real Decreto-ley 21/2026.

La norma había sido aprobada por el Gobierno el 25 de agosto, publicada en el BOE al día siguiente y estaba en vigor desde el 27 de agosto. Su objetivo era regular las relaciones entre los grupos de interés y los responsables públicos de la Administración General del Estado, además de establecer nuevas reglas para conocer quién intenta influir en la elaboración de normas, políticas públicas o decisiones administrativas.

Una de sus principales medidas era la creación de un Registro de Grupos de Interés de ámbito estatal, público y obligatorio. Las personas y organizaciones incluidas en esta categoría tenían que inscribirse para desarrollar determinadas actividades de influencia ante responsables públicos y facilitar información sobre su identidad, representantes, financiación y actuaciones realizadas.

Por qué CCOO y UGT rechazaban la norma

La posición de los sindicatos estaba relacionada con la definición de grupo de interés incluida en el decreto. El texto consideraba como tales a personas físicas, jurídicas y agrupaciones que mantuvieran comunicaciones con determinados responsables públicos con la finalidad de influir en decisiones, políticas o proyectos normativos. Al mismo tiempo, establecía varias excepciones para organizaciones que no recibirían ese tratamiento.

Entre esas exclusiones aparecían las administraciones públicas, determinados organismos internacionales, los partidos políticos y, en algunos casos, los colegios profesionales y otras corporaciones de derecho público. Los sindicatos, sin embargo, no figuraban expresamente entre las organizaciones excluidas, algo que llevó a CCOO y UGT a reclamar cambios y posteriormente a pedir a los grupos parlamentarios que no respaldaran el decreto.

Cuando CCOO y UGT se sientan con el Gobierno para negociar una reforma laboral, cambios en las condiciones de trabajo u otras medidas que afectan a los trabajadores, defienden que actúan como sus representantes dentro del diálogo social. Por este motivo rechazaban que esas reuniones pudieran recibir el tratamiento previsto para las actividades de influencia reguladas por el decreto y que su participación quedara sometida a unas reglas diseñadas para los grupos de interés.

El texto aprobado por el Gobierno establecía además que, como regla general, sin la inscripción previa en el registro no podían celebrarse reuniones, entrevistas o contactos que implicaran una actividad de influencia. Existía una excepción que permitía mantener un primer contacto con un grupo todavía no inscrito si sus representantes se comprometían por escrito a solicitar la inscripción dentro de los tres días hábiles siguientes.

Las obligaciones y multas que desaparecen con la derogación

Además de exigir la inscripción, el decreto obligaba a los grupos afectados a facilitar información sobre su actividad y a mantener actualizados los datos registrados, incluidos los relacionados con las reuniones y audiencias mantenidas con responsables públicos. A este sistema se sumaba la denominada huella normativa, con la que se pretendía dejar constancia de los contactos y aportaciones realizados durante la elaboración de una norma, así como de los cambios incorporados al texto a partir de esas intervenciones.

El decreto calificaba como infracciones muy graves conductas como aportar deliberadamente información falsa, influir de forma fraudulenta en decisiones públicas o realizar de manera reiterada actividades de influencia sin estar inscrito, unos incumplimientos para los que se preveían multas de entre 5.000 y 40.000 euros. A la sanción económica podía sumarse la cancelación de la inscripción o la imposibilidad de volver a solicitarla durante un periodo de entre dos y cinco años.

Los responsables públicos también tenían obligaciones dentro de este sistema, ya que debían hacer públicas determinadas reuniones y contactos con los grupos de interés y comprobar la inscripción antes de algunos encuentros. Todo este marco formaba parte del Real Decreto-ley que el Congreso ha rechazado mantener, por lo que las reglas creadas específicamente por esta norma dejan de aplicarse tras su derogación.

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