Hasta 6.500 euros para autónomos en Andalucía: una ayuda para empezar y otra para recuperar las cuotas

La Junta mantiene abiertas hasta el 30 de septiembre dos líneas compatibles. Una ofrece entre 3.800 y 5.500 euros para el inicio de actividad y la otra permite recuperar las cuotas pagadas durante el primer año.

Quienes hayan decidido trabajar por cuenta propia en Andalucía todavía pueden acceder a dos ayudas que pueden sumar hasta 6.500 euros. No son el mismo incentivo ni se solicitan en el mismo momento. Una está destinada a apoyar el inicio de la actividad con hasta 5.500 euros y la otra permite recuperar las cuotas pagadas a la Seguridad Social durante el primer año.

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo mantiene abiertas ambas líneas de ayudas al emprendimiento hasta el próximo 30 de septiembre. Además, son compatibles entre sí, por lo que una misma persona puede beneficiarse de las dos si cumple los requisitos establecidos para cada una.

Anuncios

Respecto a la convocatoria anterior, la Consejería ha ampliado la convocatoria hasta los 128,22 millones de euros, tras incrementar los fondos disponibles en 24,2 millones. Según las estimaciones de la Junta, este aumento permitirá atender a unas 5.440 personas trabajadoras autónomas más.

Dos ayudas para autónomos que pueden sumar hasta 6.500 euros

La principal diferencia está en el momento en el que entra en juego cada ayuda. Las ayudas al inicio de actividad buscan facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos y ofrecen entre 3.800 y 5.500 euros. Aunque están dirigidas a quienes comienzan su andadura como trabajadores por cuenta propia, para presentar la solicitud es necesario estar dado de alta en el RETA o, cuando corresponda, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

La cuota cero funciona de otra manera. El autónomo inicia su actividad y paga las correspondientes cotizaciones a la Seguridad Social durante sus primeros 12 meses. Una vez completado ese periodo puede solicitar a la Junta el reintegro de las cantidades abonadas, que se sitúa en torno a los 1.000 euros durante el primer año, contando con que el nuevo autónomo es beneficiario de la tarifa plana.

Es precisamente la compatibilidad de ambas medidas la que permite alcanzar los 6.500 euros. Un autónomo que tenga derecho a los 5.500 euros de la ayuda al inicio de actividad también puede beneficiarse posteriormente de la cuota cero si reúne sus requisitos.

La ayuda para iniciar la actividad va de 3.800 a 5.500 euros

La cuantía de esta subvención no es igual para todos. La Junta establece diferentes importes dependiendo de la edad y el sexo de la persona solicitante, además del número de habitantes del municipio donde desarrolle su actividad.

Las mujeres autónomas de 35 años o más y los hombres autónomos de 30 años o más pueden recibir 3.800 euros. La cantidad aumenta hasta los 5.000 euros para las mujeres menores de 35 años y los hombres menores de 30 años.

El importe es mayor cuando el negocio se desarrolla en un municipio con menos de 10.000 habitantes. En estas localidades, las mujeres de 35 años o más y los hombres de 30 años o más pueden recibir 5.000 euros. Las mujeres menores de 35 años y los hombres menores de 30 años pueden alcanzar la cuantía máxima de 5.500 euros.

Qué requisitos hay que cumplir para recibir la ayuda al inicio de actividad

Además de estar dado de alta, el trabajador debe desarrollar su actividad económica o profesional en Andalucía y estar acogido a la cuota reducida en sus aportaciones a la Seguridad Social. Este requisito es especialmente importante para quienes están empezando, ya que comenzar a trabajar antes de tramitar el alta como autónomo puede tener consecuencias con la Seguridad Social, además de afectar al acceso a determinadas reducciones y bonificaciones.

Quienes reciban la ayuda deberán mantener de forma ininterrumpida su actividad durante 12 meses, contando desde el día en el que presentó la solicitud.

La cuota cero permite recuperar lo pagado durante el primer año

Para quienes ya han recorrido sus primeros meses como autónomos existe la segunda línea. La cuota cero permite recuperar las cantidades abonadas a la Seguridad Social durante los primeros 12 meses de actividad por las personas acogidas a la tarifa reducida estatal.

En la práctica, el trabajador paga inicialmente sus cotizaciones y, una vez cumplidos los 12 meses de alta en el RETA, puede solicitar el reintegro. La Junta abona directamente el importe correspondiente a las cuotas satisfechas durante ese periodo, que ronda los 1.000 euros.

La medida también incluye a las autónomas que reanuden su actividad después de un cese por nacimiento, adopción, acogimiento o tutela. Asimismo, pueden acceder determinados trabajadores con una discapacidad igual o superior al 33% y víctimas de violencia de género o terrorismo que disfruten de las reducciones previstas por la Seguridad Social.

La cuota cero puede ampliarse a un segundo año

En determinados casos, el apoyo no termina al completar los primeros 12 meses. Algunos autónomos pueden beneficiarse de un segundo año de cuota cero y alcanzar así hasta 24 meses de bonificación.

Entre los colectivos incluidos se encuentran las autónomas que retomaron su actividad tras la maternidad, las personas con discapacidad y las víctimas de violencia de género o terrorismo. También pueden beneficiarse quienes acrediten durante el segundo año unos rendimientos económicos netos inferiores al salario mínimo interprofesional. En estos casos hay que tener en cuenta que la ampliación de la cuota reducida durante otros 12 meses debe solicitarse a la Seguridad Social, ya que no se concede automáticamente.

El plazo para solicitar las ayudas termina el 30 de septiembre

La convocatoria permanecerá abierta hasta el 30 de septiembre, pero los nuevos autónomos no deben esperar necesariamente hasta esa fecha. En las ayudas al inicio de actividad, el plazo general para presentar la solicitud es de dos meses desde el día del alta en el RETA. La cuota cero sigue un calendario diferente, ya que se solicita una vez completado el periodo correspondiente con la cuota reducida.

Los trámites se realizan íntegramente de forma telemática. Tanto la cuota cero como las ayudas al inicio de actividad pueden solicitarse a través de los procedimientos habilitados por la Junta de Andalucía para trabajadores autónomos, donde también se pueden consultar las condiciones de cada programa.

Por tanto, aunque las dos medidas están dirigidas a apoyar los primeros pasos de los trabajadores por cuenta propia en Andalucía, funcionan de forma diferente. Una aporta hasta 5.500 euros para apoyar el arranque de la actividad y la otra devuelve alrededor de 1.000 euros de las cuotas satisfechas durante el primer año. Para quienes puedan acceder a ambas, el apoyo económico puede alcanzar hasta 6.500 euros.

Relacionado
Últimas Noticias