No cumplir con las normas de la empresa puede llevar a un despido disciplinario que a fin de cuentas es para el trabajador la peor forma de extinción de contrato, ya que no hay indemnización. Esto es lo que le ocurrió a una empleada de Burger King, al saltarse las normas y que terminó con su despido. No obstante, la justicia ha determinado que la empresa no pudo aportar suficientes pruebas para corroborar los motivos para su cese y por ello declaró el despido como improcedente, por lo que la empresa tendrÔ que indemnizarla.
La trabajadora desempeƱaba funciones como encargada junior en la empresa desde enero de 2009, con un salario mensual bruto de 1.829,22 ā¬. Entre sus funcionesĀ estaba la de garantizar y asegurar que el restaurante se encuentre en óptimas condiciones de limpieza y que se cumplan las medidas de seguridad alimentarias, entre estas medidas impedir la utilización de productos caducados.
Reetiquetaba el pan caducado
Tal y como apunta la sentencia del 11 de noviembre de 2024, Burger King detectó en una de las visitas de un formador que se estaba usando pan caducado, el cual estaba refechado, lo que significa que la fecha habĆa sido manipulada voluntariamente. Por ello, El 17 de enero de 2024, la empresa emitió una carta de despido disciplinario.Ā En la propia carta se adjuntaba las fotografĆas tomadas por el formador en las que se podĆa comprobar que el pan tenĆa una etiqueta encima de su etiqueta original, que mostraba que el pan llevaba caducado varios dĆas antes.
Las pruebas en contra de la trabajadora no eran sólidas
Lo que parecĆa un despido procedente de manual para Burger King, pues la trabajadora ya habĆa sido sancionada por parte de la empresa por el uso de pan caducado, una en enero de 2023 con una sanción de empleo y sueldo por tres dĆas y otra en octubre de 2023 con suspensión por 30 dĆas, aunque estĆ” aĆŗn estĆ” pendiente de resolución judicial, pues fue impugnada por la trabajadora, finalmente no fue tan sencillo.
Tras demandar la trabajadora a la empresa, el juzgado de lo Social número 1 de León y recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León han confirmado la improcedencia del despido. Las razones por la que no ven justificado el despido son el siguiente:
- Pruebas inconsistentes: Las fotografĆas aportadas no corroboraron la acusación de reetiquetado de productos.
- Ausencia de pruebas directas: No se pudo demostrar que la trabajadora fuera la autora del reetiquetado o que estuviera al tanto de los productos caducados.
- Responsabilidades compartidas: Otros encargados trabajaron en los dĆas previos al incidente, lo que dispersa las responsabilidades.
Por lo que, a pesar de esas sanciones previas, los magistrados se basan en que la empresa que es la que tiene la carga de la prueba, no pudo demostrar que la trabajadora despedida estuviera implicada en esa manipulación de productos caducados, ni siquiera que tuviera conocimiento de que esos productos estuvieran caducados. Es mĆ”s, en uno de los dĆas en el que se manipuló las fechas, la trabajadora no habĆa trabajado.
AsĆ que, Burger King tendrĆ” que pagarle una indemnización por despido improcedente correspondiente a 33 dĆas por aƱo trabajado hasta un mĆ”ximo de 24 mensualidades.

