Las indemnizaciones por despido en EspaƱa ha sido puesta en tela de juicio por el ComitĆ© Europeo de Derechos Sociales (CEDS) tras una denuncia presentada por Comisiones Obreras (CCOO). Concretamente, la indemnización seƱalada es la de los despidos improcedentes, aquellos que las empresas no pueden justificar y bĆ”sicamente se tratan de despidos porque sĆ, es decir, te echo porque me da la gana, a cambio de una indemnización de 33 dĆas por aƱo hasta un mĆ”ximo de 24 mensualidades.
Una indemnización que para trabajadores con poca antigüedad se queda en un par de meses de sueldo y que no cubre realmente el impacto que supone para ese trabajador la perdida de su puesto de trabajo, dependiendo de las circunstancias personales. Precisamente, esto lo que denuncia el sindicato, que las leyes actuales no se alinean con la Carta Social Europe al no garantizar una compensación justa y disuasoria para los trabajadores despedidos de forma improcedente.
Estrasburgo y la denuncia de CCOO
El caso fue presentado por CCOO el 18 de noviembre de 2022, argumentando que El Estatuto de los Trabajadores vulnera el artĆculo 24 de la Carta Social Europea, el cual exige una protección adecuada para los trabajadores en caso de despido. La denuncia destaca que las indemnizaciones actuales no reflejan el daƱo real sufrido por los empleados y carecen del efecto disuasorio necesario para evitar abusos por parte de las empresas.
En un comunicado reciente recogido por Europa Press, el CEDS informó que ya ha tomado una decisión sobre este caso durante su pleno de la semana pasada. Sin embargo, esta resolución no se harĆ” pĆŗblica hasta que el Gobierno de EspaƱa, representado por el Ministerio de Trabajo y EconomĆa Social, la reciba oficialmente, lo que podrĆa tardar hasta cuatro meses.
Argumentos clave de la denuncia
CCOO seƱala que el sistema espaƱol:
- Indemnización limitada: No permite a los trabajadores reclamar compensaciones proporcionales al daño real sufrido.
- Falta de readmisión obligatoria: No se contempla la readmisión de los empleados en casos de despidos improcedentes, incluso si se demuestran irregularidades o fraude.
- Contratos temporales fraudulentos: La situación es especialmente crĆtica para los trabajadores afectados por contratos temporales sucesivos en fraude de ley, incluyendo aquellos empleados en la administración pĆŗblica.
A esto hay que añadir la trampa de muchas empresas para romper la relación laboral por no superar el periodo de prueba, lo que ha convertido muchos contratos indefinidos en falsos temporales sin tener que pagar indemnizaciones.

