sábado 1 febrero 2025
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¿Cobrar el subsidio por desempleo o esperar a poder cobrar la prestación contributiva?

Hay casos en los que conviene esperar en el caso de faltar unos días de cotización cobrar el paro, aunque todo va a depender de la situación de cada persona.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de gestionar el cobro del paro, es decir, la prestación contributiva a la que tienen derecho todos los trabajadores cuando pierden su empleo. Siempre y cuando cumplan los requisitos exigidos, que son nada más y nada menos que 360 días cotizados.

Estos días cotizados no tienen que ser seguidos, es decir, puede acumularse de otros trabajos y el SEPE tendrá en cuenta estos periodos de los últimos 6 años, claro está si no han sido usados para solicitar prestaciones.

Sin embargo, es posible que un trabajador que acaba de perder su empleo, no cumpla el requisito para cobrar el paro porque le faltan unos días de cotización. En estas situaciones, el SEPE dispone de un subsidio por desempleo por insuficiencia de cotización, el conocido como «mini paro«.

Prestación contributiva o subsidio por desempleo ¿Cuál elegir?

Tanto para cobrar el paro como para cobrar el subsidio por insuficiencia de cotización es necesario contar con cotización para prestaciones. En el caso del paro son 360 días, y para el subsidio son 180 días si no se tienen carga familiar y 90 días como mínimo en el caso de tenerlas.

Casos en los que interesas esperar a cobrar el paro

Si lo que te faltan son unos días para cumplir el requisito mínimo, lo mejor es esperar a encontrar otro trabajo por cuenta ajena y cotizar esos días, ¿Las razones?:

En primer lugar, la cuantía del paro será con total seguridad si has trabajado a jornada completa superior a la que recibas del subsidio por desempleo, ya que esta se calcula en función de las bases de cotización de los últimos 180 días.  Durante los primeros 180 días se cobra el 70% de la base reguladora y a partir del día 181 se pasa a cobrar el 60%. Al contrario que el subsidio que se cobra, una cuantía fija todos los meses de 480 euros.

Igualmente, su duración también estimada en función de los días cotizados según la siguiente tabla:

  • De 360 a 539 cotizados, tendrá derecho a 120 días de paro.
  • De 540 a 719 cotizados, tendrá derecho a 180 días de paro.
  • De 720 a 899 cotizados, tendrá derecho a 240 días de paro.
  • De 900 a 1079 cotizados, tendrá derecho a 300 días de paro.
  • De 1080 a 1259 cotizados, tendrá derecho a 360 días de paro.
  • De 1260 a 1439 cotizados, tendrá derecho a 420 días de paro.
  • De 1440 a 1619 cotizados, tendrá derecho a 480 días de paro.
  • De 1620 a 1799 cotizados, tendrá derecho a 540 días de paro.
  • De 1800 a 1979 cotizados, tendrá derecho a 600 días de paro.
  • De 1980 a 2159 cotizados, tendrá derecho a 660 días de paro.
  • Con más de 2160 días cotizados corresponderá 720 días de prestación (2 años).

Un punto a favor de esperar a cobrar el paro, es que durante su cobro se cotiza a la Seguridad Social y, por tanto, sumara días de cotización para la futura jubilación.

Ayuda del SEPE para desempleados
Ayuda del SEPE para desempleados

Casos en los que interesa cobrar el subsidio

Lo primero que hay que tener en cuenta es que aunque se cumpla el requisito de cotizaciones mínimas para solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización, eso no genera un derecho a cobrarla, pues hay otro requisito que cumplir. Al tratarse de una prestación por desempleo no contributiva, los solicitantes no pueden tener rentas mensuales que superen el 75% del salario mínimo interprofesional. Es más, este requisito se debe mantener durante todos los meses que se reciba la prestación y en el caso de no cumplirlo, el SEPE suspende la prestación.

Por regla general, el subsidio por desempleo tiene una duración de 6 meses, aunque en el caso de tener cargas familiares, la duración puede estar entre 3 e incluso 21 meses.

Con todo esto, cobrar el subsidio sería la opción más favorable si faltan bastantes días de cotización para poder cobrar el paro. Por supuesto, un factor determinante es la situación económica, pues lo mismo es inviable esperar a encontrar otro empleo para tener ingresos inmediatos.

En resumen

Como en todo, es cuestión de echar números y valorar la situación personal, pues no es lo mismo un trabajador que tiene un contrato fijo discontinuo, que sabe cuando será llamado para reincorporarse, que un empleado que ha finalizado un contrato temporal o bien ha sido despedido y debe enfrentarte a la dura situación de búsqueda de empleo.

También hay que aclarar que no hay opción de elección entre subsidio o paro si se han cotizado los 360 días para cobrar prestación contributiva. En estos casos se cobra el paro y luego en todo caso podría solicitarte el resto de subsidios disponibles.

Por último, es cierto que el SEPE ofrece otros tipos de subsidios como el subsidio para mayores de 52 años, la ayuda familiar, subsidio para mayores de 45 años o las conocidas prestaciones como la Renta Activa de Inserción (RAI) y el subsidio Extraordinario por desempleo (SED). Pero estas no son opciones para este caso, puesto que para poder solicitarlas es necesario haber agotado previamente una prestación contributiva (paro).

 

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