La reforma de la jubilación flexible aprobada por el Consejo de Ministros no solo incorpora nuevos incentivos, también permitirá que los pensionistas puedan volver a trabajar como autónomos y seguir cobrando una parte de la pensión mientras mantienen esa actividad.
Hasta ahora esta posibilidad estaba reservada al trabajo por cuenta ajena con jornada parcial. Con el cambio aprobado, también podrán acogerse quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia después de haberse retirado.
Quién podrá acogerse a esta nueva posibilidad
La reforma no convierte automáticamente a cualquier pensionista en compatible con una actividad como autónomo. La norma establece una condición concreta.
Podrán acogerse quienes no hayan estado dados de alta como autónomos durante los tres años anteriores al momento de jubilarse.
La medida está pensada especialmente para personas que, una vez retiradas, deciden volver a ejercer de forma parcial o puntual aprovechando su experiencia profesional.
La medida está pensada para quienes, una vez retirados, deciden volver a trabajar de forma parcial o puntual aprovechando la experiencia acumulada durante años de carrera profesional.
Cuánto de pensión se podrá seguir cobrando
El nuevo modelo permitirá combinar ingresos procedentes de la actividad con parte de la prestación de jubilación.
Los pensionistas que vuelvan como autónomos podrán mantener hasta el 25% de la pensión mientras desarrollan la actividad compatible. La intención del Gobierno es facilitar una vuelta gradual al trabajo sin obligar a elegir entre actividad profesional o ingresos de jubilación.
Además, quienes accedan mediante esta fórmula conservarán la protección social vinculada a su condición de pensionistas.
Una modalidad que busca dejar de ser residual
La jubilación flexible ya existía dentro del sistema de pensiones, aunque hasta ahora tenía un uso muy limitado solo para el trabajo por cuenta ajena. Las condiciones anteriores habían convertido esta opción en una vía poco utilizada y con escasa implantación entre los jubilados.
Con esta apertura a los autónomos, el objetivo es ampliar las alternativas para quienes quieren seguir activos sin renunciar completamente al retiro.
La nueva regulación entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE y se aplicará de forma general dentro del sistema de Seguridad Social, salvo los regímenes excluidos por la norma

