sábado 20 abril 2024
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El BOE publica la prórroga de los ERTEs hasta septiembre, así afectará a los trabajadores

A principios de la semana pasada el Ministerio de Trabajo, sindicatos y patronales aún no habían alcanzado un acuerdo, debido a que el Gobierno no era partidario a la prórroga de los ERTEs hasta septiembre, aún finalmente dio su brazo a torcer y llegaron a un acuerdo, que fue aprobado en el consejo de Ministro celebrado el 26 de junio y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Cómo afectará esta prórroga a los trabajadores y empresarios?

Las empresas y autónomos, dispondrán hasta el 30 de septiembre de exoneraciones en las cotizaciones sociales y el mantenimiento de la protección para sus trabajadores afectados por un ERTE.

Los trabajadores  afectados por un Expediente de Regulación Temporal derivados del estado de alarma por la pandemia del coronavirus, ya sean de fuerza mayor total o bien parcial, como los nuevos por causas objetivas ETOP, se les reconocerá  el derecho a prestación por desempleo (paro) aunque no tengan el período de cotización necesario, además se les aplicará el contador 0, es decir al igual que durante el estado de alarma, durante  el período que cobres la prestación, no consumirán días de cotización.

Para las empresas que todavía tengan problemas para retomar su actividad económica, el Gobierno ha creado el ERTE de transición, con las siguientes ventajas:

  • Empresas con menos de 50 trabajadores:  la exoneración será del 70% para el mes de julio, 60% en agosto y 35% en septiembre.
  • Empresas con más de 50 trabajadores: la exoneración será del 50% para el mes de julio, 40% en agosto y 25% en septiembre.

En cuanto a los ERTEs de fuerza mayor parcial y los nuevos ERTEs ETOP, el Gobierno también exonerará del pago a la Seguridad Social por estos trabajadores de la siguiente forma:

  • Empresas con menos de 50 trabajadores: Para los trabajadores activados serán del 60% y 35% para los no activados.
  • Empresas con más de 50 trabajadores: Para los trabajadores activados serán del 40 % y 25 % para los no activados.

También se ha añadido un nuevo tipo de ERTE para casos excepcionales, en los que una empresa se vea obligada a cerrar su centro de trabajo como consecuencia de algún rebrote de coronavirus. Para este tipo de situaciones el Gobierno exonerará a las empresas con menos de 50 trabajadores  del pago en las cotizaciones a la Seguridad Social del 80%  para los trabajadores inactivos y del 60% para los que permanezcan en activo y para las empresas con más de 50 trabajadores, será del 60% para trabajadores inactivos y el 40% para los activos.

Fuente: BOE

 

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