Ya lo advierte un abogado laboralista sobre la importancia de revisar la fecha de antigüedad de la nómina, especialmente si eres un trabajador que no inició su relación laboral con un contrato indefinido inicialmente. Y precisamente gracias a la antigüedad reconocida en las nóminas, este trabajador de Bimbo consiguió que su despido fuera declarado improcedente, lo que provocó que su indemnización pasara de 20.119 euros a 72.506 euros.
El trabajador había sido despedido dentro del ERE de 2024
El empleado, que ocupaba un puesto de monitor de ventas, fue incluido en el expediente de regulación de empleo que la compañía aplicó en 2024. Como al resto de afectados, la empresa le entregó la indemnización que le correspondía según su antigüedad. En su caso fueron 20.919 euros.
El problema llegó cuando el trabajador revisó la cifra. Según explicó en su demanda, esa cantidad estaba mal calculada porque la empresa le había reconocido durante años una antigüedad distinta a la que utilizó para determinar la indemnización del ERE.
La realidad es que el trabajador inició su relación laboral como empleado por cuenta ajena, si no como repartidor bajo distintas fórmulas, primero como autónomo y después como autónomo transportista, pero no fue hasta 2018 cuando firmó un contrato laboral con la compañía. Sin embargo, la empresa en las nóminas le reconocía como fecha de antigüedad el 1 de junio de 2006.
El detalle que cambió el caso: la antigüedad reconocida en nómina
Tanto el Juzgado de lo Social como luego el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria confirmaron que en todas sus nóminas aparecía como antigüedad el 1 de junio de 2006. Esta fecha no estaba ahí por error administrativo, sino porque la empresa se la reconoció cuando regularizó su relación laboral tras años trabajando para compañías del mismo sector que después fueron absorbidas por el grupo.
Para la empresa, su antigüedad real era mucho más reciente, de 2018, que fue cuando firmó su último contrato como trabajador por cuenta ajena. Sin embargo, los jueces entienden que si una empresa mantiene durante años una fecha de antigüedad en nómina, ese dato tiene plena validez y debe usarse para calcular la indemnización.
Esto supone una diferencia importante en cuanto a su indemnización por despido objetivo, ya que la empresa se lo calculó con la antigüedad de 2018 y no con la de 2006, por lo que le pagó una indemnización muy por debajo de lo que realmente le correspondía.
El TSJ confirma la improcedencia del despido
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en su sentencia 727/2025 deja claro que el ERE es válido, pero el despido concreto de este trabajador es improcedente porque la indemnización estaba mal calculada. Es decir, no se cuestiona el procedimiento colectivo, sino la aplicación individual de la indemnización.
Al pagar menos de lo debido, la empresa incumplió lo pactado y provocó que su despido se considere improcedente. Ahora deberá elegir entre readmitir al trabajador pagándole los salarios de tramitación o bien abonarle una indemnización de 72.506 euros a los que habría que descontar lo que ya le abonó.

