El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado el despido disciplinario de una puericultora por cometer diferentes faltas graves, entre ellas no cambiar el pañal a una residente que estuvo toda la noche con el pañal, las sábanas y la almohada completamente empapadas de orina.
La trabajadora llevaba años trabajando para la residencia, encadenando diferentes contratos temporales, hasta que en 2022 consiguió el contrato indefinido, aunque para su ‘desgracia’ su relación laboral tras esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (STSJ CL 4214/2025) se puede dar por finalizada.
Se quedó dormina y no le cambió el pañal a una residente, entre otras faltas
Los hechos que provocaron su despido ocurrieron en la madrugada del 24 y el 25 de septiembre de 2024. Esa noche, una residente dependiente fue encontrada por la mañana con el pañal, las sábanas y la almohada completamente empapadas de orina, un indicio claro de que había pasado varias horas sin atención. Fue el punto de partida de un expediente disciplinario que acabaría con su despido.
La empresa abrió un expediente en octubre tras documentar lo ocurrido. No solo señalaba que la trabajadora no cambió el pañal ni realizó las rondas, también que no dejó anotaciones en el libro de incidencias de esa noche. A esto se sumaban otros episodios previos recogidos en la investigación interna.
En un turno anterior, la alarma de incendios del sótano apareció silenciada cuando debía estar activa. La empresa aportó fotografías y un vídeo que mostraban cómo la alerta se había desactivado durante su turno y se había disparado en dos ocasiones sin que constara actuación. Para la dirección, aquello comprometía la seguridad del centro.
Además, varios compañeros y residentes coincidieron en que no era la primera vez que la gerocultora incumplía las rondas. El expediente reflejaba que, en ocasiones, se quedaba dormida en el turno nocturno y que no seguía correctamente el protocolo obligatorio. La empresa también señaló que solía avisar con muy poca antelación cuando no podía acudir a trabajar, algo que dificulta especialmente la organización en turnos de noche.
Lógicamente, la trabajadora negó todas las acusaciones y defendió su inocencia, señalando que los hechos no eran ciertos. Pese a ello, la residencia le entregó la carta de despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual y el caso termino en los juzgados.
La justicia confirma su despido disciplinario
La trabajadora presentó su demanda argumentando que era un despido disciplinario falso porque no había incumplido sus obligaciones y la empresa no podía acreditar que hubiera desatendido a la residente. Por ello solicitaba que el despido fuera declarado improcedente con derecho a indemnización o readmisión a elección de la empresa.
Sin embargo, la empresa aporto fotografías tomadas a primera hora de la mañana que mostraban a la residente con toda la ropa de cama mojada, sin cambios durante horas. La ausencia de anotaciones y el incumplimiento del protocolo reforzaron la conclusión de que la trabajadora no había realizado sus funciones durante la noche. Por ello, el Juzgado de lo Social número 1 de Salamanca, declaró el despido como procedente.
La empleada recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Alegó errores en la valoración de la prueba y volvió a afirmar que no existía una dejación real. Pero el TSJ confirmó íntegramente la sentencia. La Sala consideró probado que la residente estuvo horas sin atención y recordó que, en un puesto donde se cuida a personas dependientes, la confianza es esencial. Una negligencia de ese tipo, remarcó, rompe esa confianza de forma irreparable. También avaló el resto de hechos recogidos en la carta de despido, incluida la alarma de incendios silenciada.

