Cotización de los becarios en 2024: lo que necesitas saber

Desde el 1 de enero de 2024 entra en vigor la cotización de los becarios a la Seguridad Social.

Desde el 1 de enero estÔ en vigor la esperada cotización de los becarios, que permitirÔ a los estudiantes en prÔcticas (remuneradas o no) cotizar a la Seguridad Social.

El Gobierno y los agentes sociales cerraron el pasado 15 de marzo de 2023 la segunda fase de la reforma de pensiones a través del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.

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Junto a estas medidas se encuentra la esperada nueva cotización de los becarios desde enero de 2024. Antes de la entrada en vigor de esta nueva medida, solo lo estudiantes que realizan prÔcticas remuneradas cotizaban a la Seguridad Social, ahora también lo harÔn quienes realicen prÔcticas no remuneradas.

Así serÔ la nueva cotización de los becarios en 2024

Los becarios en prÔcticas cotizarÔn a la Seguridad Social, pero no cotizarÔn como un trabajador por cuenta ajena. La cotización de los becarios no remunerados cotizarÔn por cada día de prÔcticas formativas no remuneradas, pero lo harÔn como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse, en ningún caso, el número de días del mes correspondiente.

Sin embargo, hay que indicar que aunque coticen a la Seguridad Social, no lo harÔn por prestación por desempleo, por lo que tras realizar sus prÔcticas no habrÔn generado derecho para pedir el paro. Exactamente, van a cotizar por contingencias comunes y profesionales, lo que les beneficia de cara a la pensión, ya que tendrÔn mÔs tiempo cotizado. Tampoco cotizarÔn por FOGASA o Formación Profesional.

La cotización, ademÔs de servir para una futura pensión, también les contarÔ para otras prestaciones de la Seguridad Social, como por ejemplo la jubilación, así como las bajas por Incapacidad Temporal, maternidad. Aunque solo en el caso de prÔcticas no remuneradas se excluirÔ la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

Otro concepto que no tendrƔn que hacer frente los becarios, es el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), el cual sube en 2024.

Alumnos que cotizarƔn a la Seguridad Social

Los alumnos que cotizarƔn por sus prƔcticas serƔn los siguientes:

  • Los alumnos que realicen prĆ”cticas por estudios universitarios de grados, mĆ”ster, doctorado, tĆ­tulos propios de la universidad, diplomas de especialización o de experto.
  • Las realizadas por alumnado de FP, siempre que no se presten en el rĆ©gimen de formación profesional intensiva.

¿Cómo se realizarÔn las altas y bajas en la Seguridad Social?

El alta se producirÔ al inicio de las prÔcticas y la baja cuando estas finalicen «Sin perjuicio de que para la cotización a la Seguridad Social y su ación protectora se tengan en cuenta exclusivamente los días en que se realicen dichas prÔcticas», como inda el Real Decreto.

El plazo para comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) el alta y baja, serÔ de 10 día naturales a contar desde el inicio o finalización de las prÔcticas.

Medidas contra el fraude de ley en los becarios

La Inspección de Trabajo va a implantar planes específicos para evitar el fraude de ley con los becarios, concretamente para evitar que se realicen prÔcticas formativas para cubrir puestos de trabajo.

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