Desde el 1 de enero estÔ en vigor la esperada cotización de los becarios, que permitirÔ a los estudiantes en prÔcticas (remuneradas o no) cotizar a la Seguridad Social.
El Gobierno y los agentes sociales cerraron el pasado 15 de marzo de 2023 la segunda fase de la reforma de pensiones a través del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Junto a estas medidas se encuentra la esperada nueva cotización de los becarios desde enero de 2024. Antes de la entrada en vigor de esta nueva medida, solo lo estudiantes que realizan prÔcticas remuneradas cotizaban a la Seguridad Social, ahora también lo harÔn quienes realicen prÔcticas no remuneradas.
Asà serÔ la nueva cotización de los becarios en 2024
Los becarios en prĆ”cticas cotizarĆ”n a la Seguridad Social, pero no cotizarĆ”n como un trabajador por cuenta ajena. La cotización de los becarios no remunerados cotizarĆ”n por cada dĆa de prĆ”cticas formativas no remuneradas, pero lo harĆ”n como 1,61 dĆas cotizados, sin que pueda sobrepasarse, en ningĆŗn caso, el nĆŗmero de dĆas del mes correspondiente.
Sin embargo, hay que indicar que aunque coticen a la Seguridad Social, no lo harÔn por prestación por desempleo, por lo que tras realizar sus prÔcticas no habrÔn generado derecho para pedir el paro. Exactamente, van a cotizar por contingencias comunes y profesionales, lo que les beneficia de cara a la pensión, ya que tendrÔn mÔs tiempo cotizado. Tampoco cotizarÔn por FOGASA o Formación Profesional.
La cotización, ademÔs de servir para una futura pensión, también les contarÔ para otras prestaciones de la Seguridad Social, como por ejemplo la jubilación, asà como las bajas por Incapacidad Temporal, maternidad. Aunque solo en el caso de prÔcticas no remuneradas se excluirÔ la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
Otro concepto que no tendrƔn que hacer frente los becarios, es el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional), el cual sube en 2024.
Alumnos que cotizarƔn a la Seguridad Social
Los alumnos que cotizarƔn por sus prƔcticas serƔn los siguientes:
- Los alumnos que realicen prĆ”cticas por estudios universitarios de grados, mĆ”ster, doctorado, tĆtulos propios de la universidad, diplomas de especialización o de experto.
- Las realizadas por alumnado de FP, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva.
¿Cómo se realizarÔn las altas y bajas en la Seguridad Social?
El alta se producirĆ” al inicio de las prĆ”cticas y la baja cuando estas finalicen Ā«Sin perjuicio de que para la cotización a la Seguridad Social y su ación protectora se tengan en cuenta exclusivamente los dĆas en que se realicen dichas prĆ”cticasĀ», como inda el Real Decreto.
El plazo para comunicar a la TesorerĆa General de la Seguridad Social (TGSS) el alta y baja, serĆ” de 10 dĆa naturales a contar desde el inicio o finalización de las prĆ”cticas.
Medidas contra el fraude de ley en los becarios
La Inspección de Trabajo va a implantar planes especĆficos para evitar el fraude de ley con los becarios, concretamente para evitar que se realicen prĆ”cticas formativas para cubrir puestos de trabajo.

