Trabajaron más de 40 años y se jubilaron con recortes: la Seguridad Social mejora la pensión de 95.499 jubilados

La Seguridad Social compensa parte de los recortes aplicados a quienes se jubilaron anticipadamente entre 2002 y 2021. La mejora se cobra en 14 pagas, aunque exige cumplir determinados requisitos de cotización.

Los coeficientes reductores de la jubilación anticipada lleva años en el punto de mira y muchos de los afectados reivindican que se eliminen en el caso de los trabajadores con largas carreras de cotizaciones. Testimonios como el de Agustín que con 47 años cotizados vio recortada su pensión en un 24%.

Lo cierto es que actualmente según las cifras facilitadas por el Gobierno en una respuesta parlamentaria afirma que hay casi 100.000 jubilados (95.499 para ser exactos) que se jubilaron anticipadamente reciben un complemento de mejora de la Seguridad Social para compensar parte de los recortes que sufrieron precisamente por adelantar su jubilación.

Anuncios

La cifra corresponde al 1 de mayo de 2026 y afecta a determinadas jubilaciones anticipadas producidas entre 2002 y 2021. No se trata de una nueva ayuda aprobada este año, sino de una compensación que comenzó a aplicarse en marzo de 2022 tras la reforma de las pensiones. Su finalidad es mejorar los ingresos de quienes se retiraron antes de tiempo y habrían tenido una pensión inicial más alta con los coeficientes reductores que entraron en vigor en enero de 2022.

La mejora se incorpora a la pensión y se cobra en 14 pagas al año. Sin embargo, haber trabajado durante 40 años no basta para recibirla. La Seguridad Social comprueba tanto el periodo cotizado como las condiciones en las que se produjo la jubilación.

Los jubilados que pueden recuperar parte de los recortes en su pensión

La compensación está recogida en la disposición adicional primera de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre. Esta norma reconoce el complemento a determinados pensionistas que se jubilaron anticipadamente entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, siempre que acrediten una larga carrera laboral y cumplan las condiciones económicas establecidas.

Artículo 1. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre,
Artículo 1 Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 82015 de 30 de octubre de la Ley 212021 de 28 de diciembre | Foto BOE

Para acceder a este complemento de mejora de la pensión, la Seguridad Social exige haber cotizado al menos 44 años y seis meses, aunque también pueden beneficiarse quienes acrediten un mínimo de 40 años cotizados, siempre que su pensión fuera inferior a 900 euros mensuales a 1 de enero de 2022. Este límite económico se calcula tomando como referencia aquella fecha, independientemente de la cantidad que el jubilado esté cobrando en la actualidad.

Además de los años cotizados, la ley tiene en cuenta las circunstancias en las que se produjo la jubilación anticipada, ya que permite acceder al complemento tanto a quienes se retiraron voluntariamente hasta dos años antes de la edad ordinaria como a quienes tuvieron que hacerlo de forma involuntaria con un adelanto máximo de cuatro años.

No obstante, cumplir estos requisitos no garantiza recibir la mejora económica, puesto que la Seguridad Social también debe comprobar que la pensión inicial habría sido superior si se hubieran aplicado los coeficientes reductores vigentes desde enero de 2022. Si las nuevas reglas no hubieran supuesto una cantidad mayor, el jubilado no tendrá derecho al complemento, aunque haya trabajado y cotizado durante más de cuatro décadas.

Cuánto dinero paga la Seguridad Social y cómo se reconoce el complemento

La cantidad que recibe cada jubilado depende de cuánto le redujeron la pensión cuando se retiró anticipadamente y de cuánto le habrían descontado si se hubiera jubilado con los coeficientes reductores que entraron en vigor en enero de 2022. Para calcular el complemento, la Seguridad Social compara ambos importes y reconoce la diferencia cuando el nuevo cálculo resulta más favorable para el pensionista.

Esto significa que no existe una cantidad fija para los 95.499 beneficiarios, ya que el importe varía según los años cotizados, los meses que se adelantó la jubilación y la pensión que tenía reconocida cada persona. Por ejemplo, dos trabajadores que hayan cotizado durante 45 años pueden recibir complementos distintos si uno se jubiló dos años antes de la edad ordinaria y el otro lo hizo con un adelanto menor.

Una vez reconocido, el complemento se incorpora a la pensión y se abona en 14 pagas al año, junto con las mensualidades ordinarias y las dos pagas extraordinarias. Sin embargo, esta mejora no supone recuperar todo el dinero perdido desde que el trabajador se jubiló ni elimina por completo la reducción que se le aplicó en su momento, sino que permite cobrar la diferencia que corresponda desde la fecha en la que comenzó a aplicarse esta medida.

También hay que tener en cuenta la situación de los pensionistas que ya reciben un complemento a mínimos, una cantidad que añade la Seguridad Social cuando la pensión reconocida no alcanza el importe mínimo establecido y se cumplen los requisitos económicos. Si el jubilado ya cobraba esta ayuda, el nuevo complemento de mejora puede reducirla o absorberla por completo, por lo que el aumento final de su pensión podría ser inferior a la cantidad calculada inicialmente.

Respecto a los trámites, la ley establece que la Seguridad Social reconoce este complemento de oficio, sin necesidad de presentar una solicitud específica, ya que dispone de los datos sobre los años cotizados y las condiciones en las que se produjo cada jubilación. No obstante, quienes consideren que cumplen los requisitos y no tengan reconocida esta mejora pueden consultar su resolución de pensión y solicitar una revisión o información al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El recorte de la jubilación anticipada sigue afectando a quienes cotizaron más de 40 años

Aunque la Seguridad Social ya abona este complemento de mejora a miles de jubilados, las penalizaciones por retirarse antes de la edad ordinaria siguen vigentes y afectan también a trabajadores que han cotizado durante más de cuatro décadas. Estas reducciones se aplican mediante los llamados coeficientes reductores, unos porcentajes que disminuyen de forma permanente la pensión en función de los meses que se adelanta la jubilación y de los años cotizados.

Uno de los pensionistas que ha denunciado esta situación es Rufino Espino, que sufrió un recorte del 24% en su pensión pese a haber cotizado más de 43 años. Se jubiló anticipadamente en 2014 y desde entonces soporta una reducción que afecta a sus ingresos mensuales, por lo que reclama que se eliminen estas penalizaciones para quienes han dedicado más de 40 años de su vida al trabajo. Su caso refleja las consecuencias económicas de adelantar la jubilación, aunque no consta que reúna los requisitos para recibir el complemento de mejora.

Esta situación ha llegado también al Congreso de los Diputados, que el pasado 22 de septiembre de 2026 aprobó la toma en consideración de una proposición de ley impulsada por Podemos para eliminar los coeficientes reductores de las personas que se jubilen anticipadamente después de haber cotizado al menos 40 años. La iniciativa también plantea que los pensionistas que ya sufrieron estas reducciones puedan solicitar un nuevo cálculo de sus prestaciones, lo que permitiría revisar las cantidades que reciben actualmente si finalmente se aprueba la reforma.

Sin embargo, la propuesta todavía tiene que superar el resto de su tramitación parlamentaria antes de convertirse en ley, por lo que las penalizaciones continúan aplicándose tanto a quienes se jubilan anticipadamente ahora como a quienes lo hicieron en años anteriores. Mientras tanto, el complemento de mejora vigente desde marzo de 2022 permite compensar parte de los recortes de determinadas pensiones, pero no beneficia a todos los trabajadores que acumularon más de 40 años cotizados y se retiraron antes de alcanzar la edad ordinaria.

Relacionado
Últimas Noticias