viernes 29 marzo 2024

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Estas son las nuevas medidas para los profesionales sanitarios y los trabajadores agrarios

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto-ley, en el que se adoptan diversas medidas en el ámbito agrario, económico y científico, además de varias de carácter laboral y de la Seguridad Social. Su objetivo es paliar los efectos económicos de la pandemia de la COVID-19.

Sector Agrario.

El Real Decreto Ley amplía 3 meses, es decir, hasta septiembre, la contratación temporal de trabajadores del setor agrario, asegurando la disponibilidad de mano de obra para que ninguna cosecha quede sin recoger y los productos puedan llegar al consumidor final sin ningún tipo de problema.

Además se especifica que en las explotaciones con más de un titular se podrá contratar proporcionalmente a más trabajadores a efectos de poder quedar incluido en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. Con esto se traba de favorecer que las explotaciones familiares puedan dimensionarse adecuadamente, dando mayor flexibilidad en la contratación si comparten varios titulares la misma explotación. Hasta ahora se podía contratar dos trabajadores y ahora se permitirá incrementar uno por cada nuevo titular

Laboral y Seguridad Social.

Se amplía la cobertura al personal sanitario. Los contagios y fallecimientos por COVID19 en este colectivo serán considerados como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo.

En concreto, el Gobierno ha ampliado la cobertura al personal que presta atención en los centros sanitarios o sociosanitarios. Se reconoce así que las prestaciones a este colectivo se consideren derivadas de accidente de trabajo, cuando haya contraído la COVID-19 durante cualquiera de las fases de la epidemia por haber estado expuesto a ese riesgo específico durante el ejercicio de su profesión. Para ello, debe emitirse el correspondiente parte de accidente de trabajo y que así se acredite por los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral.

En los casos de fallecimiento, a efectos de las prestaciones de muerte y supervivencia que pudieran generarse, se entenderá que la causa es accidente de trabajo, siempre que el fallecimiento se haya producido dentro de los cinco años siguientes al contagio de la enfermedad.

Hasta ahora este tipo de contingencias se consideraban de carácter común asimiladas a accidente de trabajo solo en la prestación económica por incapacidad temporal y ahora vienen a considerarse contingencia profesional derivada de accidente de trabajo para todas las prestaciones. Esto supone una mayor cobertura para los casos en que dicha enfermedad cause incapacidad permanente o el fallecimiento para estos trabajadores.

Extranjeros

Se establece una vía para que jóvenes extranjeros con permiso para trabajar en el campo puedan acceder a una autorización de trabajo y residencia de 2 años. Renovable por otros 2 años y válida en todo el territorio nacional.

Por otra parte, y en lo relativo a los jóvenes extranjeros en situación regular con autorización de residencia no lucrativa que se acogieron al Real Decreto ley 13/2020, se incluye una disposición adicional que permitirá que tras la finalización de la vigencia de su permiso de trabajo actual, puedan acceder a una autorización de residencia y trabajo. Esta tendrá una vigencia de dos años, renovable por otros dos, y será válida en todo el territorio nacional y sin límites sectoriales o de actividad.

Todo ello sin perjuicio de que, para el acceso a la residencia de larga duración, se tengan en cuenta todos los periodos de residencia, legal y continuada, con esta u otras autorizaciones de las que haya sido titular.

Pymes y Autónomos

Se aumenta de 3 a 4 meses el periodo en que pymes y autónomos pueden aplazar el pago de sus obligaciones tributarias sin abonar intereses. Las empresas podrán realizar una segunda declaración antes del 30 de noviembre si hay diferencias con la primera declaración al aprobar las cuentas anuales retrasadas por la pandemia.

Préstamos

Se establece un incentivo a las moratorias de los préstamos hipotecarios y no hipotecarios que amplía las personas beneficiarias de un aplazamiento de deudas. Es una iniciativa en línea con las recomendaciones de la Autoridad Bancaria Europea.

Por último, en el Real Decreto-ley se detalla que las entidades de derecho público pertenecientes al sector público estatal y las mutuas colaboradoras c la Seguridad Social procurarán formular y rendir las cuentas anuales de 2019 de acuerdo con los plazos previstos en la normativa.

Fuente: BOE

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