El Reglamentos de Adquisición y Pérdida de la Condición de Militar y Situaciones Administrativas de los militares profesionales, será modificado, así lo ha anunciado el Consejo de Ministros, tras aprobar el Real Decreto.
Conforme ha explicado la ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, el principal objetivo es que «los militares puedan acceder a otras profesiones» o por excedencias o bien por llevar cuarenta y cinco años en el ejército, cuando deciden «si seguir o bien salir«.
Una de las medidas más destacables será la creación, para facilitar la integración laboral de los militares, una excedencia por interés particular con el objetivo de permitir la aceptación de las ofertas de empleo que se puedan generar, teniendo presente los plazos apremiantes que muy frecuentemente se dan en el mundo laboral.
«Facilitamos la reincorporación de las tropas a la vida civil alterando los trámites de los plazos requeridos» para las excedencias, ha informado la portavoz en la conferencia de prensa siguiente al Consejo de Ministros.
Con esta modificación del Reglamento se incluye la posibilidad de que los militares de Tropa y Marinería, con compromisos de larga duración, puedan pedir «la excedencia voluntaria» para integración a la vida civil, ya sea para aceptar una oferta de empleo o bien para emprender como autónomos.
En los trámites cambiados está la reducción del plazo mínimo de aviso previo para elaborar la petición de excedencia de 3 meses a 15 días, la reducción de 6 a 3 meses el tiempo mínimo de permanencia en esta situación y la integración de una reserva de destino por un periodo de 4 meses, para aquellos militares que decidan regresar.
Con relación a los pilotos de aeronaves, Celaá ha señalado que de ahora en adelante «deberán cumplir 12 años» de servicios precisos, en lugar de los 10 que hay establecidos a fin de que puedan acogerse «a una excedencia voluntaria» por interés particular, a fin de asegurar la operatividad del Ejército del Aire.
En la modificación de los años de servicios precisos, asimismo ha señalado que a los efectos del Reglamento se altera el tiempo de servicio de Tropa y Marinería, que se computará desde el nombramiento como pupilo del Centro Militar de Formación.

