viernes 19 abril 2024

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¿Cuándo cobra Hacienda la declaración de la Renta a pagar?

Te sale la renta a pagar y te preguntas cuándo te pasará la "factura" Hacienda. Este es el plazo que tiene el contribuyente para pagar la deuda tributaria del IRPF.

Recta final en la campaña de la Renta 2022, pues junio es el último mes para poder presentarla hasta que el día 30 acabe el plazo. Son muchos los contribuyentes que ya han cumplido con su obligación fiscal y han presentado su declaración, pero hay otros que lo dejan para el último mes por varias razones.

La primera, porque prefieren presentar su declaración de forma presencial y no es hasta el mes de junio cuando se abre la posibilidad de acudir a la oficina de la Agencia Tributaria.  La segunda y la que tiene más peso, porque han descargado el borrador de la Renta y han comprobado que sale a pagar y no saben cuándo te cobra Hacienda, por lo que prefieren esperar por si acaso, al mes de junio, cuando se recibe la paga extra de verano.

¿Cuándo se paga la Renta?

Tanto para pagar como para cobrar las Renta, Hacienda tiene un plazo. Cuando la declaración de la renta resulta a pagar, Hacienda explica que  «no comienza a cobrar los importes hasta el final de la campaña«. De modo que tanto si la presentaste en el mes de abril como en este mes de junio, Hacienda no va a pasarte la «factura» hasta que concluya la campaña.

Claro está siempre que el contribuyente haya domiciliado el pago, algo que solo puede hacerse según el calendario de la renta 2023, hasta el 27 de junio.

Fraccionar el pago de la declaración

Del mismo modo, Hacienda permite fraccionar el pago, algo que beneficia a aquellos cuya cantidad a pagar puede provocar un desajuste mensual.

Así, el contribuyente puede pagar la deuda tributaria del IRPF sin ningún tipo de interés o recargo, en dos plazos que son los siguientes:

  • El primero, del 60% el día 30 de junio, cuando acabe la campaña de la renta.
  • El segundo, del 40% restante, se puede abonar hasta el día 6 de noviembre, inclusive.

Si se ha domiciliado, Hacienda lo cobrará el primer pago el 30 de junio y el segundo el 6 de noviembre. En el caso de no estar domiciliado, el contribuyente deberá hacer el ingreso de forma manual a la cuenta indicada por la Agencia Tributaria. Muy importante que el segundo pago se realiza como muy tarde el día 6 (lógicamente se puede realizar antes).

Aplazar el pago de la Renta

Para aquellos contribuyentes que atraviesan un momento difícil económicamente y no pueden asumir ni siquiera el pago fraccionado de sus deudas tributarias, pueden optar por solicitar un aplazamiento. La Agencia Tributaria permite aplazar la deuda durante un máximo de 12 meses, tal y como establece el artículo 65 de la Ley 58/2003.

En el caso de que el importe a pagar no supere los 30.000 euros, no es necesario justificar nada ante Hacienda ni aportar garantías. Pero, si se supera esa cantidad, sí que hay que demostrar la existencia de dificultades financieras y aportar garantías de pago.

Por otro lado, a diferencia de la opción de fraccionar el pago, esta sí tiene un recargo o interés. Puedes comprobar que recargo tendrías utilizando la propia calculadora de intereses de deuda y aplazamiento en al web de la Agencia Tributaria.

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