Programa de Activación para el Empleo (PAE), requisitos y como solicitarla.

El Programa de Activación para el Empleo (PAE): ayuda para los parados de larga duración con responsabilidades familiares que han agotado todas las prestaciones.

La ayuda del Programa de Activación para el Empleo, PAE, ha sido prorrogada hasta el 30 de abril de 2018 y han sido cambiado sus requisitos a través de el R. D.-ley 7/2017 (publicado en el BOE el 28 de abril de 2017).

 

¿En que consiste el PAE?

El Programa de Activación para el Empleo (PAE) es una ayuda de 426 euros al mes a lo largo de seis meses, que se puso en marcha en el mes de enero de 2015 como último recurso para los desempleados de larga duración con responsabilidades familiares que habían agotado todas las ayudas posibles. Desde su creación la han recibido más de 150.000 desempleados, muy lejos de los 450.000 que estaban previstos inicialmente, por la dificultad de cumplir todas y cada una de las condiciones.

El gobierno ha anunciado que con la reforma aprobada en abril de 2017 se han flexibilizado los requisitos para que pueda favorecer a más de 200.000 parados que no la hayan pedido anteriormente. Sin embargo, se mantiene el requisito de que el demandante tenga responsabilidades familiares (tener a su cargo a cónyuge o hijos menores de veintiseis años) lo que sigue dejando fuera del alcance de esta ayuda a cientos miles de parados que ya no reciben ningún género de cobertura.

Los nuevos requisitos para poder solicitar el PAE aprobados en abril de 2017.

  • Estar en situación de desempleo, anotado como demandante a fecha 1 de mayo de 2017. Si bien asimismo hay que tomar en consideración que en el R. D.-Ley se incluye una disposición transitoria que indica que además de esto se van a poder incorporar al programa los que no estan anotados como demandantes de empleo al 1 de mayo de 2017, lo hubieran estado a fecha  1 de diciembre de 2014 o bien 1 de abril de 2016, siempre que cumplan el resto de requisitos.
  • Ser parado de larga duración. Esto es, haber continuado inscrito como demandante de empleo al menos durante 270 días dentro de los 18 meses precedentes a la fecha en que se pida la ayuda.
  • Tener responsabilidades familiares (tener a su cargo al cónyuge o bien hijos menores de 26 años o hijos con discapacidad).
  • No tener derecho a otras ayudas, prestaciones o bien subsidios por desempleo.
  • Haber agotado anteriormente alguna de estas ayudas por desempleo: una prestación contributiva, o bien un subsidio por desempleo o una de las ayudas extraordinarias, como el PRODI, el Plan Prepara o la Renta Activa de Inserción (RAI) (es suficiente con haber agotado una sola de las anualidades de la RAI). Para solicitar el PAE hay que dejar trascurrir al menos un mes desde el agotamiento de una de estas ayudas (es el mes de espera). Esto no significa que el PAE se deba solicitar necesariamente dentro del mes siguiente a agotar una ayuda, sino que un mes es el tiempo mínimo que debe transcurrir. Mientras que se cumplan el resto de requisitos, se puede solicitar el PAE aunque hayan pasado varios meses desde el agotamiento de la última ayuda recibida.
  • Que el trabajo con el que se  percibió la última de las ayudas precedentes fuera por cuenta ajena y que se hubiese perdido por causa involuntaria, con este requisito se impide pedir la ayuda a quienes cesado en su último trabajo por una renuncia o bien baja voluntaria.
  • Que el solicitante no supere el límite de carencia de rentas. Esto es, que quien vaya a solicitar esta ayuda no tenga ingresos propios superiores al 75% del sueldo mínimo interprofesional en 2017, es decir, 530,78€ brutos por mes de rentas.
  • Que la unidad familiar, de media, tampoco supere el límite de carencia de rentas. se sumará los ingresos de los miembros de la unidad familiar (solicitante, cónyuge, hijos menores de veintiseis años o bien con discapacidad) y se dividen entre el número de miembros de la familia, y el resultado no va a poder superar los 530,78€ brutos por mes de rentas.
  • Suscribir el compromiso de actividad. Conforme este compromiso de actividad, durante el mes siguiente a la solicitud se deberá realizar una Búsqueda Activa de Empleo.
    A lo largo de todo el tiempo que se reciba la ayuda, no se podrán rehusar las ofertas de trabajo convenientes y se debe  participar en los cursos de formación y acciones de activación a las que sea llamado.
  • No estar cobrando un sueldo social, renta de garantía de ingresos, renta mínima de inserción, o ayudas afines de las Comunidades Autónomas y Municipios. Si se recibió alguna de estas ayudas, deben haber pasado por lo menos un mes desde el instante en que se agotó.

Estos requisitos deben sostenerse a lo largo de todo el periodo en el que se recibe. Si se incumplen, implicará perder la ayuda.

 

 

Incompatibilidades

  • No se podrán tener ingresos que hagan que el demandante o la unidad familiar superen los límites de rentas
  • No se podrán percibir posibilidades, subsidios por desempleo o bien la renta agraria
  • No se podrá recibir una pensión o una prestación de la Seguridad Social que sea incompatible con el trabajo.
  • Trabajar más de 6 meses, por cuenta propia.
  • Trabajar por cuenta extraña a tiempo completo o bien parcial, más de noventa días, cuando la compañía no proceda a descontar del sueldo la ayuda que se recibe.
  • Recibir salarios sociales o bien ayudas similares de asistencia social.

 

¿Cómo solicitar el PAE?

Esta ayuda se pide en las Oficinas de empleo, como siempre  pidiendo cita previa,  y presentando la siguiente  documentación:

  • La solicitud en el modelo oficial, que se puede descargar desde la web del SEPE  o solicitar en la propia oficina de empleo (recomendado).
  • Documento de identificación. Tanto de quien solicita la ayuda como de los familiares que se señalan en la petición. No será necesario aportar copia, solo mostrarlos. En el caso de los españoles será preciso el documento de identidad y en el caso de los extranjeros NIE y pasaporte.
  • Documento bancario donde venga indicada la cuenta donde percibir la ayuda.
  • Otros justificantes que pida la oficina de empleo, como puede ser justificantes de las rentas (nóminas, declaraciones de la renta…).

Desde la presentación de la solicitud, hay un plazo de un mes para acreditar que se han realizado cuando menos 3 acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). Esto se hace mediante la presentación del Formulario de declaración de la Busca Activa de Empleo (BAE), donde se señalen las acciones de búsqueda de empleo realizadas en el mes siguiente a la presentación de la petición. El formulario se deberá presentar en la oficina de empleo en el plazo de 10 días desde el momento en que pasa el mes de búsqueda de empleo.

 

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