El Gobierno ha ampliado el plazo para que los autónomos decidan si continúan en el sistema de módulos o si pasan a tributar por ingresos reales. La nueva fecha límite será el 16 de febrero de 2026.
La medida afecta también a los regímenes simplificado y especial del IVA, según recogen los reales decretos ley publicados en el BOE. El objetivo es evitar perjuicios a quienes se vieron afectados por los cambios legislativos de las últimas semanas.
Qué cambia para los autónomos en 2026
El nuevo plazo permite a los trabajadores por cuenta propia decidir si continúan en el método de estimación objetiva, conocido como sistema de módulos, o si optan por tributar en función de sus ingresos reales mediante estimación directa.
Concretamente, podrán presentar su renuncia o revocación hasta el 16 de febrero de 2026, tanto en el IRPF como en los regímenes simplificados del IVA.
Hacienda también ha considerado válidas las renuncias y revocaciones presentadas en diciembre de 2025 y enero de 2026, pese a la situación de provisionalidad normativa que se produjo tras la caída inicial del decreto ómnibus en el Congreso.
Por qué se ha ampliado el plazo
El ajuste responde al complejo calendario legislativo de las últimas semanas. Un primer decreto con medidas laborales, sociales y fiscales decayó en el Congreso. Posteriormente, el Ejecutivo aprobó nuevos reales decretos ley que recuperan buena parte de esas medidas, entre ellas la relacionada con los autónomos.
Para dar seguridad jurídica y margen de decisión, el Ministerio de Hacienda ha optado por ampliar de forma extraordinaria el plazo.
Qué implica renunciar a los módulos
El sistema de módulos permite calcular el rendimiento en función de parámetros objetivos como el tipo de actividad, metros del local o número de empleados, lo que simplifica la tributación en sectores como hostelería, comercio o transporte.
La alternativa es la estimación directa, donde el autónomo tributa según sus ingresos y gastos reales, con mayor carga contable.
Renunciar a módulos no es una decisión menor. La opción elegida obliga al contribuyente durante un mínimo de tres años naturales, salvo causas de exclusión automática.
También se prorrogan los límites
El real decreto ley también prorroga para 2026 los límites cuantitativos que permiten aplicar el método de estimación objetiva en el IRPF, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio umbral por volumen de ingresos.
Del mismo modo, se mantienen los límites para aplicar los regímenes simplificado y especial de agricultura, ganadería y pesca del IVA.
Qué deben tener en cuenta los autónomos
Quienes estén valorando cambiar de sistema deben revisar el impacto fiscal y administrativo de cada opción. El plazo extraordinario finaliza el 16 de febrero de 2026, por lo que la decisión debe formalizarse antes de esa fecha.
Dado que la elección condiciona la tributación durante al menos tres años, conviene analizar con detalle la situación económica del negocio antes de comunicar la renuncia o la revocación.

