viernes 29 marzo 2024

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Declaración de la Renta: ¿Las ayudas del ERTE se declaran?

Así afectan los ERTE en la declaración de la Renta

La campaña de la Renta 2021 ya ha comenzado, quienes quieran presentarla online ya tienes a su disposición el borrador.

Una de las situaciones que puede generar dudas a la hora de presentar la declaración es haber estado en ERTE. Aquellas personas que han durante 2021 estuvieron en un Expediente de Regulación Temporal necesitan conocer como incluye esta situación en la Renta.

Cómo tributan los ERTE

Los trabajadores en ERTE cobran una prestación por desempleo cuya cuantía equivale al 70% de su base de cotización. Esta prestación tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como rendimientos del trabajo. Por ello, se debe declarar estos ingresos.

Cómo afecta el ERTE a la declaración de la Renta

Otro aspecto a tener en cuenta es que si el año paso se ha estado en ERTE se tienen dos pagadores. El SEPE, a ojos de Hacienda, se considera otro pagador, por lo que esto tiene otro efecto a la hora de presentar la declaración.

El límite que obliga a presentar la declaración pasa de 22.000 euros  a 14.000 euros.  En realidad, se debe de tener más de un pagador y haber percibido, por el segundo y el resto de pagadores, más de 1.500 euros.

En cambio, si el contribuyente ha estado en ERTE durante todo el 2021, solo tendrá un pagado, por lo solo estará obligado a presentar la declaración si supera los 22.000 euros.

agencia tributaria y sepe irpf renta

Retenciones del IRPF estando en ERTE

Hay que tener en cuenta a la hora de hacer la declaración de la Renta si se ha estado en un ERTE de reducción de jornada o bien un ERTE completo, ya que hay diferencias.

  • Los ERTE de reducción de jornada, los trabajadores han visto reducida su jornada, cobrando a la vez su salario por parte de la empresa y su prestación por desempleo equivalente a las horas rebajadas. El salario por parte de la empresa lo recibirá con su correspondiente retención del IRPF, mientras que la prestación del SEPE, al ser una cantidad mínima, retendrá un IRPF mínimo o incluso del 0%.
  • Mientras que los ERTE completo, el trabajador está con el contrato suspendido de forma temporal, recibiendo únicamente durante este periodo la prestación del SEPE, con una retención un IRPF mínimo o incluso del 0%.

Todas estas cantidades tributan como renta del trabajo, integrándose dentro del esto de rentas del trabajo que se hayan recibido.

¿Me saldrá a pagar?

La respuesta corta es que sí. Esto se debe a lo que hemos comentado en el apartado anterior sobre la retención del IRPF en las prestaciones. Estás al ser mínimas o del 0% provoca un desfase que será necesario ajustar y pagar lo que corresponde.

Hay que aclarar, que el hecho de que salga a pagar no se debe por tener dos pagadores. El tener dos pagadores únicamente rebaja el límite que obliga a hacer la declaración.

Lo que realmente provoca que salga a pagar es que no se hayan realizado las retenciones de IRPF correspondientes. Es más, muchos afectados por ERTE pueden solicitar al SEPE que les aplique la retención adecuada, de modo que a la hora de presentar la declaración esta les salé favorable.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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