viernes 29 marzo 2024

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¿Cuándo podrán pedir el paro las empleadas del hogar?

Las empleadas comenzarán a cotizar por desempleo a partir del 1 de octubre,

Este martes el Consejo de Ministro ha aprobado nuevas medidas para mejorar los derechos de las empleadas del hogar. Entre ellas destaca sobre todo el derecho a cobrar prestaciones por desempleo.

Las trabajadoras del hogar tiene su propio Régimen Especial de Empleadas del Hogar, en el que no se contemplan cotizaciones por prestaciones. Como no cotizaban, no tenían derecho a cobrar prestaciones. Ahora comenzarán a cotizar por prestación por desempleo. Más bien lo harán a partir del 1 de octubre de 2022.

Partimos de la base que para cobrar la prestación por desempleo (paro) es necesario tener cotizados al menos 360 días. Si comienzan a cotizar a partir del 1 de octubre de este año, una empleada del hogar, a jornada completa, generará el derecho a cobrar paro como mínimo en un año.

No obstante, como el resto de trabajadores, en el caso de no cumplir con los requisitos para pedir el paro, podrán solicitar, por ejemplo, el subsidio por insuficiencia de cotización para el que solo se necesita tener al menos 180 días cotizados si no se tienen cargas familiares o 90 días  en el caso de sí tenerlas.

Entonces, si en estos meses antes de que finalice el año, una empleada del hogar se queda en paro, ¿no podrá cobrar prestaciones?.

No necesariamente, hay que recordar la importancia del límite de los 6 años en las cotizaciones. Cuando se solicita al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la prestación por desempleo, se tienen en cuenta las cotizaciones de los últimos 6 años. Esto quiere decir que si en ese periodo ha trabajado por cuenta ajena y ha cotizado por desempleo, se le sumará a lo cotizado como empleada del hogar.

Oficina de prestaciones para solicitar el paro o subsidio

Requisitos para cobrar el paro

Las empleadas del hogar tendrán que cumplir los mismos requisitos que el resto de trabajadores, que son los siguientes:

  • En primer lugar, la perdida del trabajo debe ser voluntaria y estar inscrito como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo.
  • Haber estado afiliado o afiliado en la Seguridad Social en un Régimen que contemple la contingencia por desempleo. A partir del 1 de octubre ya cotizarán por esta contingencia.
  • Lógicamente, será necesario cumplir el mínimo de cotización por desempleo exigido para cobrar prestaciones del SEPE.

En cuanto a la cuantía, esta será del 70% de la base media de los últimos 180 días cotizados (sin tener en cuenta las horas extraordinarias). El setenta porciento se cobra durante los primeros 6 meses, luego se cobra el cincuenta porciento hasta que  se extinga la prestación. Aunque tal  como indica el SEPE en su web se establecen unos mínimos y máximos en la cuantía de la prestación por desempleo.

 

 

 

 

 

 

 

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