viernes 29 marzo 2024

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Estos son los cambios en el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) en 2023

El Subsidio Extraordinario por Desempleo cambiará en 2023.

El Subsidio Extraordinario por desempleo (SED) cambiará a partir de 2023. Esta prestación extraordinaria del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sufrirá cambios, no solo en su cuantía, también los requisitos de acceso.

Esta ayuda económica del SEPE está destinada para los desempleados que hayan agotado cualquiera de los subsidios por desempleo y a los parados de larga duración.

Claro está se deben cumplir otros requisitos económicos que te detallaremos a continuación, así como los cambios previstos en 2023.

Cambios SED en 2023

El cambio más destacable de esta prestación por desempleo es el aumento de su cuantía. Al igual que el resto de subsidios por desempleo, la cuantía es el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Tal y como recogen los Presupuestos Generales del Estado para 2023, el IPREM subirá de 579,02 euros a 600 euros. Una subida del 3.62% que hará que la cuantía del subsidio sea de 480 euros al mes.

Cuáles son los requisitos del Subsidio Extraordinario por Desempleo

Los requisitos actuales para poder solicitar el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) son los siguientes, tal y como recoge la web del SEPE.

Requisitos generales

  • En primer lugar, hay que estar en situación legal de desempleo, es decir, que la perdida del empleo haya sido de forma involuntaria.
  • Carecer del  derecho a la protección por desempleo a nivel contribuido o asistencial.
  • No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.
  • No haber percibido previamente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).
  • En la fecha de su solicitud, no estar trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial o no tener suspendido su contrato de trabajo.
  • No haber sido beneficiario con anterioridad del subsidio extraordinario por desempleo.
  • Por último, el requisito de límite de rentas de cualquier tipo que no pueden ser superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional a dos pagas extraordinarias.

Este último requisito es el que cambiará en 2023, aunque todavía no está aprobado. La razón es que en 2023 volverá subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), una subida que ya se está negociando.

Luego, dependiendo del colectivo hay que cumplir unos requisitos que son los siguientes.

El SEPE está enviado esta carta a los trabajadores que estuvieron en ERTE

Requisitos para desempleados que han agotado otros subsidios

Es necesario haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante el plazo de espera de un mes del agotamiento del subsidio anterior. Dentro de los subsidios se excluyen los siguientes:

  • El subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años por haber alcanzado la edad que les permita acceder a la pensión contributiva de jubilación.
  • El subsidio por desempleo o la renta agraria, en favor  de las personas trabajadoras eventuales incluidas en el Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social.
  • Los programas de renta activa de inserción (RAI) o los programas de inserción PRODI o PREPARA.

Requisitos para parados de larga duración

  • Haber extinguido por agotamiento la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo o, en su defecto, alguna de las ayudas económicas vinculadas a los programas RAI, PRODI o PREPARA.
  • Igualmente, el solicitante debe haber permanecido inscrito o inscrita como demandante de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario.
  • Acreditar que durante el mes anterior a la fecha de la solicitud ha realizado acciones de búsqueda activa de empleo.
  • Haber cesado de forma involuntaria en un trabajo por cuenta ajena previamente al agotamiento del último derecho reconocido.

 

 

 

 

 

 

 

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