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Ayudas al alquiler en la Comunidad de Madrid 2021

En marcha la convocatoria de ayudas al alquiler de la Comunidad de Madrid para el año 2021.

La Comunidad de Madrid ha convocado las subvenciones destinadas al alquiler de la vivienda para el año 2021. Estas ayudas están destinadas a personas en situación especial de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes menores de 35 años.

Como todos los años y en especial este año con la crisis económica provocada por la pandemia, la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha una nueva convocatoria de ayudas al alquiler.

El proceso de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva.

En cuanto al periodo subvencionable, este será del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

  • Familias numerosas
  • Familias monoparentales con cargas familiares
  • Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de violencia de género
  • Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de terrorismo
  • Unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad
  • Unidades de convivencia con todos los miembros en situación de desempleo que hayan agotado prestaciones
  • Unidades de convivencia con todos sus miembros mayores de 65 años

Requisitos para poder solicitar la ayuda al alquiler en Madrid.

Quienes estén interesados en solicitar esta ayuda para el alquiler de vivienda habitual deberán cumplir los siguientes requisitos.

  • Ser titular de un contrato de arrendamiento conforme a la LAU.
  • Personas físicas mayores de edad, incluidas en algunos de los sectores de población con escasos medios económicos o jóvenes menores de 35 años.
  • Que la vivienda arrendada sea la residencia habitual y permanente.
  • La renta mensual de la vivienda ha de ser igual o inferior a 600 € mensuales, o 900 € en el supuesto de las familias numerosas o los municipios de Madrid, Alcobendas, Boadilla, Majadahonda, Pozuelo, Las Rozas, Torrelodones y Villaviciosa de Odón.
  • Estar incluido en alguno de los sectores declarados preferentes.
  • Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.
  • No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España. Excepciones:
    • Partes alícuotas de herencias.
    • No disponibilidad por separación o divorcio.
    • Inaccesibilidad a la misma por discapacidad.
    • Imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad.
    • No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador. Así como no ser socio o partícipe del arrendador.
    • No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
    • Tampoco  haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.
  • El límite máximo de ingresos en ningún caso podrá superar los siguientes UMBRALES:
    • 3 IPREM: 23.725,80€.
    • 4 IPREM: 31.634,40€ – para familias numerosas de categoría general y unidades de convivencia con algún discapacitado.
    • 5 IPREM: 39.543€ – para familias numerosas de categoría especial y unidades de convivencia con algún discapacitado de los especificados en la Orden de convocatoria.

El importe de ayuda al alquiler será siempre o bien el 40% de la renta mensual que abonen por la vivienda o el 50% de la renta mensual si los beneficiarios son mayores de 65 años o menores de 35.

En el caso de que la renta máxima supere los 600 € y alcance los 900 euros mensuales, la ayuda será del 30% mensual del tramo comprendido entre los 6001 y 900 euros.

Documentación necesaria para solicitar la ayuda.

Algunos de los documentos que se deberán entregar son los siguientes:

  • Solicitud
  • Copia del DNI/NIE de los arrendatarios
  • Copia del contrato de arrendamiento
  • En el caso de menores de 35 años, y para el supuesto de no ser aún titular de un contrato, declaración responsable de estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento conforme a la LAU
  • Volante de empadronamiento histórico y colectivo.
  • Fotocopia de la Declaración del IRPF del solicitante y convivientes o bien certificado de imputaciones de la AEAT.
  • Y/u otra documentación justificativa de los ingresos anuales.
  • Documentación acreditativa en caso de sectores preferentes.

Las peticiones de solicitud podrán realizarse de forma telemática accediendo a la sede electrónica.

Plazo de solicitud.

El plazo para solicitar la ayuda para el alquiler de vivienda en la Comunidad de Madrid, finalizará el 24 de mayo de 2021.

Para obtener más información sobre las bases de esta convocatoria de ayuda para el alquiler 2019 en la Comunidad de Madrid, visita la publicación de la convocatoria en  la web de la Comunidad de Madrid

 

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