Todos los trabajadores para poder cobrar el paro necesitan haber cotizado por prestación por desempleo al menos 360 dĆas. Esto da derecho a 4 meses de prestación. Un tiempo que en ocasiones se hace insuficiente hasta que se vuelve a encontrar un nuevo empleo con el que obtener ingresos mensuales.
Encontrar un nuevo trabajo no es nada fÔcil, sobre todo cuando alcanzas cierta edad, como es el caso de los desempleados mayores de 45 años. En estos casos, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone de tres subsidios por desempleo a los que se puede acceder en caso de estar.
Los subsidios por desempleo, son ayudas económicas extraordinarias del SEPE, que tienen como objetivo proteger a los desempleados en una situación económica vulnerable.
AsĆ, para acceder a estas ayudas del SEPE es necesario tener una carencia de ingresos. A diferencia de la prestación por desempleo contributiva que la puede cobrar cualquier persona que cumpla los requisitos de cotización. Mientras que no todas las personas pueden acceder a estas ayudas del SEPE. AdemĆ”s de cumplir cada uno de los requisitos especĆficos, serĆ” necesario estar en una situación de vulnerabilidad económica. Para el Servicio PĆŗblico de Empleo, una persona estĆ” en una situación económica vulnerable cuando sus rentas no superan el 75% del SMI en vigor.
En 2023, por ejemplo, el Salario MĆnimo Interprofesional es de 1.080 euros en 14 pagas. De modo, una persona desempleada para poder acceder a este subsidio no puede tener ingresos superiores a losĀ 810 euros mensuales.
Ayudas del SEPE para personas mayores de 45 aƱos
Una vez agota el paro y cumplir con el requisito de rentas (es imprescindible) se pueden acceder a tres subsidios por desempleo: subsidio para mayores de 45 años, la ayuda familiar y la Renta Activa de Inserción (RAI).
Tanto para la ayuda familiar y el subsidio para mayores de 45 aƱos, solo se podrĆ” acceder a ellos si se ha agotado el paro. En el caso de no cobrar el paro, pero haber estado percibiendo el subsidio por insuficiencia de cotización, no se podrĆ” acceder a estas ayudas. Ćnicamente por esta vĆa se podrĆ” acceder a la Renta Activa de Inserción (RAI).
Para solicitar estas ayudas hay que estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de la prestación. Esto es lo que se conoce como mes de carencia.
El subsidio para mayores de 45 años, estÔ pensado desempleados mayores de 45 años que no tengan cargas familiares. Su duración es de 6 meses.
En cambio, la ayuda familiar para la que no es necesario tener 45 aƱos, se accede cuando si se tienen responsabilidades familiares. La duración es de 6 meses. Si el solicitante es mayor de 45 aƱos, tal y como explica el SEPE en su web, podrĆa prorrogarse hasta un mĆ”ximo de 30 meses. Todo dependerĆ” de la duración de la prestación contributiva que haya agotado previamente.
Por último, estÔ la Renta Activa de Inserción (RAI)que pueden solicitar los mayores de 45 años. Esta se puede solicitar tras agotar el paro y también tras agotar uno de los subsidios anteriores. Para acceder a ella, es necesario haber realizado tres acciones de búsqueda activa de empleo (BAE). La RAI se concede durante 11 meses como mÔximo. Aunque se puede solicitar hasta un mÔximo de tres veces.
El SEPE explica el requisito para cobrar el subsidio para mayores de 52 aƱos sin tener la edad